Salarios
Montse Cespedosa, experta en banca: "Este mes, la nómina te caerá entre 1 o 2 días antes"
La especialista financiera anticipa un cambio importante: desde el 9 de octubre, el nuevo marco europeo exige que las transferencias (incluidas las nóminas) sean inmediatas, en menos de 10 segundos y sin tener en cuenta fines de semana ni festivos
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Este mes se cobrarán las nóminas más pronto, según Montse Cespedosa. / MONTSE CESPEDOSA - YOUTUBE

Este mes, muchos trabajadores podrían notar algo llamativo en su cuenta corriente: recibirán la nómina uno o dos días antes de lo habitual. Esa es la predicción que comparte Montse Cespedosa —exbanquera y figura con fuerte presencia en redes—, y que ha motivado interés mediático y entre quienes siguen temas financieros con atención. Especialmente cuando se trata de su nómina.
Pero, ¿en qué se basa este cambio? Más allá de lo que cuenta Montse, el trasfondo es una normativa europea que está entrando en acción progresivamente y que afecta directamente al funcionamiento de las transferencias bancarias.
Qué dice la normativa europea
El origen legal está en el Reglamento (UE) 2024/886, aprobado por el Parlamento Europeo, que obliga a todos los proveedores de servicios de pago dentro de la zona euro a ofrecer transferencias inmediatas en euros como estándar.
Entre los puntos clave:
- Las transferencias inmediatas deben ser abonadas en la cuenta del beneficiario en unos segundos, sin importar hora, día ni festivo.
- Los costes de estas transferencias no pueden superar los que hoy se aplican a las transferencias ordinarias equivalentes.
- Se debe ofrecer el servicio de envío y recepción de transferencias inmediatas 24/7, durante todos los días del año.
- Existe un tope legal por operación: 100.000 euros, aunque muchas entidades fijan límites más bajos.

Imagen de archivo de una persona realizando una transferencia bancaria o Bizum. / ARCHIVO
Según los comunicados del Parlamento Europeo ya en 2024, el reglamento deberá estar plenamente operativo para todas las entidades bancarias de la zona euro en los plazos fijados: nueve meses para recepción y 18 meses para envío de transferencias inmediatas desde la publicación.
No es automático: lo que hay que tener en cuenta
La afirmación de Montse —de que tu nómina llegará antes— no es del todo una promesa universal, pero sí tiene base normativa sólida. No obstante, hay matices:
- Para que la nómina "caiga" antes, la empresa debe realizar la orden de pago con antelación suficiente. Si ese pago se tramita en una transferencia ordinaria o con horario de corte, el abono puede seguir retrasándose.
- La normativa obliga al banco a ofrecer el servicio inmediato, pero la orden debe ser explícita: es decir, el emisor (la empresa) tiene que elegir que la transferencia sea inmediata, no basta con que la entidad tenga la capacidad técnica.
- Algunas entidades ya permiten transferencias inmediatas 'gratis' o sin coste adicional para los clientes en canales online, mientras otras aún aplican comisiones (aunque no pueden ser superiores a las de transferencias convencionales).
- Los límites operativos que aplica cada banco pueden interferir en operaciones grandes.
- A partir del 9 de octubre de 2025, entra además una obligación de verificación del beneficiario: el nombre del destinatario debe coincidir con el titular del IBAN, y en caso de discrepancia el banco debe advertir al ordenante.
Qué puede hacer el trabajador
- Consulta con tu empresa si podrá emitir la nómina mediante transferencia inmediata desde este mes.
- Revisa condiciones bancarias: averigua si tu banco ya permite transferencias inmediatas y con qué límites o comisiones.
- Solicita que la transferencia sea “inmediata” al ordenar el pago.
- Si observas cobros extra injustificados, o que tu banco no ofrece este servicio pese a estar obligado, puedes reclamar ante el Banco de España.
Montse Cespedosa no está lanzando meras especulaciones: su afirmación toma sentido en el marco del nuevo diseño legal que impone a la banca mayor rapidez, transparencia y equidad en las transferencias. Para muchos asalariados, podría traducirse en un adelanto en el abono de sus nóminas. Pero ese cambio real dependerá de la coordinación entre empresas y entidades bancarias: normativa sí, pero también operativa.
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