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Contribuyentes

El BOE publica una nueva deducción de hasta 340 euros en el IRPF para los sueldo bajos

La normativa no sustituye otras reducciones ya vigentes, sino que se sumará como un beneficio adicional

El BOE publica la oferta de empleo público 2025, con 36.588 plazas, casi un 9% menos

El BOE publica una nueva deducción de hasta 340 euros en el IRPF: quién puede beneficiarse

El BOE publica una nueva deducción de hasta 340 euros en el IRPF: quién puede beneficiarse

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Pedro Sanjuán

Barcelona
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha anunciado una deducción en el IRPF dirigida a trabajadores con los ingresos más bajos. Esta medida, recogida en la Ley 5/2025, de 24 de julio, modifica la Ley 35/2006 del IRPF y será vigente a partir del 1 de enero de 2025.

El objetivo es beneficiar a quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) u otros sueldos bajos, siempre que cumplan ciertos requisitos de renta.

Quienes cobran el SMI, beneficiados

Según el texto legal, los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales tendrán derecho a esta nueva deducción, siempre que no perciban una renta extra superior a 6.500 euros.

La cuantía será de hasta 340 euros al año para quienes ingresen un mínimo de 16.576 euros. A partir de ahí, y hasta los 18.276 euros, la deducción disminuirá gradualmente según la siguiente fórmula: "340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales"; se explica en el BOE.

Una ayuda no sustitutiva

El importe de esta deducción “no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a los rendimientos netos del trabajo".

Además, esta ayuda se aplicará una vez practicada la deducción prevista en el artículo 80 de la ley. Por lo tanto, no sustituye otras reducciones ya vigentes, sino que se suma como un beneficio adicional para aquellos contribuyentes que cobren el SMI o ingresos bajos.

Además, la norma también será ajustada en otros ámbitos, como el deportivo. Se modifica el artículo 23.3 de la Ley 39/2022 del Deporte para establecer que la cuantía mínima del Seguro Obligatorio Deportivo (SOD).

Esta se fijará por reglamento y se actualizará según los artículos 100 y siguientes de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.

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