Derechos laborales
Diez cláusulas ilegales que puedes encontrar en tu contrato, según el abogado laboralista Ignacio de la Calzada
Los derechos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores son irrenunciables
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Diez cláusulas ilegales que puedes encontrar en tu contrato, según el abogado laboralista Ignacio de la Calzada / PIXABAY
Firmar un contrato de trabajo no siempre significa que todas las condiciones incluidas sean legales, por eso siempre es importante revisar bien este documento y, por supuesto, conocer tus derechos.
Además, la legislación laboral española recoge un principio fundamental: los derechos mínimos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos no son renunciables. Eso significa que, aunque el empleado firme una condición contraria a la norma, esta carece de validez jurídica.
Los contratos pueden incluir cláusulas ilegales, abusivas o directamente nulas que quieren limitar los derechos del trabajador. El abogado laboralista Ignacio de la Calzada ha explicado en su cuenta de Instagram (que ya cuenta con más de 760.000 seguidores) cuáles son las 10 más frecuentes que suele encontrar.
10 cláusulas ilegales
Diez cláusulas ilegales que puedes encontrar en tu contrato de trabajo:
- Renuncia de derechos laborales. Tu empresa no puede obligarte a renunciar a mínimos de derechos como vacaciones o descansos o cualquier derecho que esté recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Son derechos irrenunciables. Aunque firmes algo o te lo paguen es ilegal.
- Cobrar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o del convenio. Si te pasa eso puedes reclamar las diferencias.
- Renuncia a indemnización por despido. Están reguladas por ley en el caso de que sean improcedentes.
- Obligación de hacer horas extra. Según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores son voluntarias. Si no quieres no te pueden obligar salvo los de fuerza mayor que se dan en muy pocos casos.
- Periodo de prueba de más de seis meses. El máximo son seis meses para técnicos titulados y dos meses en general y 3 en empresas de menos de 25 trabajadores.
- Multas y sanciones económicas que te pongan por contrato o porque sea un acuerdo de empresa. Si cometes algún error no te puede poner una sanción económica y hacer que le pagues, te puede sancionar disciplinariamente e irte a casa sin cobrar sueldo, sí, se llama suspensión de empleo y sueldo, pero no vale seguir trabajando y no cobrar.
- Cláusulas de no competencia cuando acabe tu contrato. Se pueden poner pero tienen el límite de dos años pero exige una remuneración adecuada. Si falta alguno de estos dos requisitos es nula.
- Cláusula de movilidad sin límites.
- Renuncia a vacaciones. Como son irrenunciables, que no tomes vacaciones a cambio de dinero es totalmente ilegal.
- Renunciar a descansos. No es legal que lo hagas.
De este modo, debes estar correctamente asesorado para no sufrir ningún tipo de abuso.
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