Derechos laborales

Una empresa debe pagar 1.500 euros a una trabajadora por enviarle correos estando de baja

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia recuerda que el derecho a la desconexión digital implica la obligación del empleador de no enviar comunicaciones laborales fuera del tiempo de trabajo, especialmente durante una incapacidad temporal

Recibir emails durante la baja vulnera la integridad moral: lo que dice el Tribunal Superior de Galicia

Recibir emails durante la baja vulnera la integridad moral: lo que dice el Tribunal Superior de Galicia / Freepik

Esther Chapa

Esther Chapa

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a una empresa a indemnizar con 1.500 euros a una trabajadora que recibió correos electrónicos de forma reiterada fuera del horario laboral y mientras se encontraba de baja médica por ansiedad. En la sentencia 3558/2025 los magistrados recalcan que el derecho a la desconexión digital no solo exime al trabajador de contestar mensajes fuera del horario, sino que obliga a la empresa a abstenerse de enviar este tipo de comunicaciones.

El caso, resuelto por la Sala de lo Social del TSXG, subraya que este derecho cobra especial relevancia cuando la trabajadora está en situación de incapacidad temporal por una dolencia psíquica, como ocurrió en este procedimiento. Según el tribunal, recibir mensajes durante un proceso de recuperación por ansiedad supone una injerencia que atenta contra el derecho fundamental a la integridad moral reconocido en el artículo 15 de la Constitución Española.

El TSXG: la empresa vulneró la integridad moral

Aunque la empresa admitió que la trabajadora recibió varios correos mientras estaba de baja, argumentó que estos formaban parte de hilos dirigidos a otros compañeros y que no se le exigía respuesta. Sin embargo, el TSXG desestimó esta justificación, destacando que la compañía ni probó la necesidad de esas comunicaciones ni demostró que no pudiera evitarse que los mensajes llegaran a la empleada.

Para los magistrados, el hecho de recibir correos laborales durante una incapacidad temporal implica cosificar a la persona trabajadora, al situarla en un estado de disponibilidad permanente incompatible con su derecho a recuperarse sin presiones.

Muchos autónomos españoles no tienen momentos de desconexión laboral

Una trabajadora logra indemnización por recibir emails laborales mientras estaba de baja médica / Europa Press

Un derecho reforzado por la ley y cada vez más presente en los tribunales

El derecho a la desconexión digital, regulado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y por la Ley 10/2021 del trabajo a distancia, obliga a las empresas a respetar los tiempos de descanso y desconexión del trabajador. Esto incluye no remitir comunicaciones laborales fuera del horario, salvo causas excepcionales debidamente justificadas.

Aunque hay sentencias que han matizado este derecho —por ejemplo, cuando se trata de correos informativos sin requerir respuesta ni presión—, el TSXG recuerda que el contexto personal del trabajador y el contenido de los mensajes son determinantes. En este caso, tratándose de una baja por ansiedad, la insistencia de los correos agrava el daño moral.

Más allá de la obligación legal: salud laboral y reputación empresarial

Los expertos en derecho laboral recomiendan que las empresas establezcan protocolos claros de desconexión digital, incluyan cláusulas específicas en los reglamentos internos y adopten medidas técnicas, como desactivar cuentas de correo durante las bajas médicas. Estas acciones no solo evitan litigios y sanciones económicas, sino que protegen la salud mental de la plantilla y fortalecen la imagen de la empresa como un empleador responsable.

El fallo del TSXG, que todavía no es firme y contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, se suma a un creciente número de resoluciones que colocan el bienestar del trabajador por encima de la operativa empresarial, reforzando un principio básico: el derecho a recuperarse sin interrupciones ni temores.