Alquiler
Este 1 de julio arranca el registro único de alquileres: cómo inscribir tu vivienda y multas por incumplir la normativa
Desde este 1 de julio, España se convierte en el primer país de la UE en aplicar el registro obligatorio para alquileres de corta duración: conoce el proceso, el coste y las sanciones por incumplir

Así puedes registrar tu vivienda turística desde hoy: requisitos, precio y plazos / JESUS HELLIN / STUDIOMEDIA19 / Europa Press


Esther Chapa
Esther ChapaRedactora SEO Activos
Periodista especializada en SEO en Activos, vertical económico de El Periódico de España, dentro del Grupo Ibérica.
Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (UCM), máster en Periodismo y Nuevos Perfiles Profesionales por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC). Cursando actualmente Máster en SEO por BIGSEO.
La trayectoria profesional comienza como becaria en el Departamento de Comunicación en IFEMA, Feria de Madrid, y continúa como redactora en el portal web Estrategias de Inversión.
Este registro, que nace de una normativa europea adelantada por España antes del plazo máximo de 2026, exigirá a todos los propietarios que alquilen viviendas por días o semanas un Número de Registro Único. Este código identificará oficialmente cada alojamiento y será obligatorio mostrarlo en los anuncios publicados en portales digitales.
El objetivo es doble: por un lado, combatir el fraude y el alquiler ilegal, y por otro, garantizar el cumplimiento de las normas locales en materia de licencias, aforos y seguridad. Según datos del Ministerio de Vivienda, hasta el 27 de junio se habían recibido casi 200.000 solicitudes de registro, con un notable repunte en el último mes.
¿Qué viviendas deben inscribirse en el registro?
Todas aquellas viviendas destinadas al alquiler de corta duración, es decir, con contratos inferiores a 31 días para uso turístico o de temporada, deberán registrarse. Esto incluye pisos, casas e incluso embarcaciones alquiladas en plataformas digitales que faciliten el pago y la contratación online.
Quedan fuera:
- Alquileres residenciales por más de un mes.
- Habitaciones en viviendas habituales alquiladas ocasionalmente, salvo si la normativa autonómica indica lo contrario.
- Viviendas anunciadas en portales que no permiten contratación directa (como Idealista o Fotocasa).
¿Cómo solicitar el número de registro?
El trámite debe hacerse a través de la Sede Electrónica del Colegio de Registradores. Para ello es necesario:
- Rellenar el formulario online con los datos del inmueble (dirección, referencia catastral, capacidad, uso previsto).
- Descargar el PDF del formulario cumplimentado.
- Adjuntar la documentación requerida (licencias, declaraciones responsables, etc.).
- Presentar telemáticamente con certificado digital, Cl@ve o firma OTP.
El coste por solicitud es de 27,05 euros + IVA, según el arancel vigente.
Una vez otorgado, el número no tiene caducidad, aunque el propietario deberá presentar cada año un modelo informativo para confirmar el uso correcto.

Hoy entra en vigor el registro obligatorio para pisos turísticos: multas, coste y cómo inscribir tu vivienda / JORDI OTIX
¿Qué pasa si no registro mi vivienda?
A partir de hoy, los propietarios que no cumplan podrán enfrentarse a:
- La retirada de su vivienda del mercado, tras ser notificado el incumplimiento.
- Las plataformas tendrán 48 horas para eliminar los anuncios.
- El riesgo de sanciones adicionales que cada comunidad autónoma pueda establecer.
De hecho, solo en los últimos meses, Airbnb y Booking han eliminado decenas de miles de anuncios por requerimientos del Ministerio de Vivienda y resoluciones judiciales, evidenciando el endurecimiento del control.
Ventajas del registro
Además de evitar sanciones, el registro aporta:
- Seguridad jurídica, al acreditar que el alquiler cumple la normativa estatal, autonómica y municipal.
- Mayor confianza al turista, que puede verificar que el alojamiento está legalizado.
- Facilita a las administraciones controlar el impacto del turismo en barrios y ciudades.
Un sistema pionero en Europa
Aunque el reglamento europeo establece 2026 como fecha límite para implementar un registro similar, España se adelanta y se convierte en el primer país de la UE en aplicar esta regulación, con la vista puesta en equilibrar el auge del turismo con el derecho a la vivienda.
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