Jornada Laboral
Así será el nuevo registro horario que impondrá Trabajo: digital, personal y accesible
Los cambios en la forma de registrar la jornada laboral obligarán a las empresas a cambiar a un sistema de control electrónico

La vicepresidenta segunda Yolanda Díaz y el portavoz de Economía de Sumar, Carlos Martín. / EUROPA PRESS/ ARCHIVO


Sheila Noda
Sheila NodaRedactora en 'activos', vertical económico de Prensa Ibérica.
Graduada en Periodismo por la Universidad de La Habana y estudiante del Máster en Periodismo Multimedia Profesional por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Ganadora de la XI Beca SIGRE-EFE de especialización en información social, ambiental y transición ecológica. Mi experiencia profesional incluye medios digitales y agencias de noticias y la comunicación de temas de ciencia, salud, medioambiente y economía.
El registro horario en las empresas será una realidad aunque no salga adelante la reforma de la jornada laboral, así ha confirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Y es que mediante la aprobación de un real decreto se podrá reformar el sistema de registro horario en las empresas para endurecer el control sobre las horas de trabajo de cada empleado y sancionar a quienes incumplan los límites establecidos.
Adiós a los fichajes en papel
Los cambios en la forma de registrar la jornada laboral obligarán a las empresas a cambiar a un sistema de control electrónico. De esta forma, la Inspección de Trabajo podrá acceder en remoto a las horas realizadas y controlar si existe fraude.
Desde 2019, todas las empresas tienen la obligación de hacer fichar a sus empleados y contar cuántas horas hacen cada día, pero el Gobierno quiere dar un paso más en aras de que el registro sea más fiable y controlable.
Según establece el proyecto de ley para la reducción de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada se erige como “un instrumento esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa de tiempo de trabajo y, en consecuencia, el derecho al descanso efectivo”. Por lo tanto, un registro adecuado debe incluir:
- Utilización de medios digitales
- Cumplimentación de forma personal y directa
- Garantías de autenticidad y trazabilidad
- Utilización de formatos comprensibles
- Establecimiento de obligaciones documentales y de accesibilidad inmediata e interoperabilidad

Una trabajadora ficha en un aparato de control horario al empezar su jornada laboral. / ELISENDA PONS
Hasta 10.000 euros de multas por incumplir con el registro
Para hacer efectivo el cumplimiento de obligaciones se prevé multiplicar las sanciones a las empresas, que si bien hasta ahora recibían una sanción individual, en lo adelante será por cada uno de los empleados que no registre bien sus horas.
En el proyecto también se modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para endurecer “las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo”.
Así las infracciones anteriores se sancionarán con las siguientes multas: “en su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros”.
Cuando la infracción cometida sea por no contar con el registro o haberlo falseado, la sanción no sería por empresa, sino por cada trabajador afectado.
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