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La Audiencia Nacional rechaza suspender el uso de la consulta pública en la OPA del BBVA al Sabadell
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo señala que no es posible limitar la competencia que ya ha ejercicio el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, y que la decisión sobre la operación corresponde al Consejo de Ministros

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo. / Europa Press


Celia López
Celia LópezRedactora de 'activos', el vertical de economía de Prensa Ibérica
Periodista especializada en información económica. Graduada en Historia y en Ciencia Política por la Universidad Rey Juan Carlos. He completado el Máster de Periodismo UAM-El País y el Título de Especialista en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. He pasado por las redacciones de Radio Praga, El Mundo, El País, Revista Atalayar y Vozpópuli


Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.
La Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelarísima solicitada por el despacho de abogados Statera Legal por la que se pretendía que se suspendiera la utilización de los resultados de la consulta pública que el Gobierno lanzó para conocer la opinión de los ciudadanos sobre la OPA del BBVA sobre Banco Sabadell, según un auto de la Sala este miércoles por por la Sala Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. La decisión ha sido adoptada por la mayoría y cuenta con el voto discrepante de uno de sus miembros, partidario de estimar la medida cautelar de suspensión.
En un auto fechado este martes al que ha tenido acceso EL PERIODICO, la Audiencia explica que la decisión sobre la operación corresponde al Consejo de Ministros, que es el que en última instancia debe resolver si mantiene, endurece o suaviza los requisitos expuestos el pasado mes de mayor por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). "Será dentro de dicha motivación donde habrá de verse en qué medida se utiliza el resultado de la consulta pública para construir las razones de interés general distintas de la defensa de la competencia, pudiéndose cuestionar la misma, en su existencia y regularidad, en la eventual impugnación jurisdiccional que se haga de dicho acuerdo del Consejo de Ministros como acto que ponga fin a la vía administrativa y cuyo conocimiento, incluido el de medidas cautelares, excede de las competencias de la Sala de la Audiencia Nacional".
La medida cautelarísima ahora desestimada había sido solicitada por el abogado Ibor Fernándes Romero, miembro de Statera Legal. La Sala, en el parecer mayoritario, tras valorar determinadas cuestiones jurídicas. Para el tribunal la suspensión que pedía el despacho "carece de especial urgencia" y no se puede limitar la competencia ya ejercitada por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, y que no es posible revisar "futuribles actos del Consejo de Ministros" ni suspenderlos o condicionarlos.
El despacho Statera Legal presentó la semana pasada un recurso contra la consulta pública ante la Audiencia Nacional al considerar la consulta del Gobierno sobre la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell se había llevado a cabo "sin cobertura legal" y con "defectos formales de gravedad". El bufete llevó el asunto a los tribunales después de que el Ministerio de Economía no atendiera a un requerimiento suyo, realizado el pasado 8 de mayo, para que se parase el proceso. En aquel momento se planteó la medida cautelar de suspender el uso de los datos recabados en la consulta en base a que no tiene "cabida formal" en el ordenamiento jurídico.
El auto también indica que la petición de la medida, basándose en una "cuestionable vía de derecho", impactaría sobre el desarrollo de la tercera fase del análisis de la OPA, lo que "supone ya de por sí una grave perturbación de intereses generales y de particulares, en cuanto a que dicha operación de concentración sea resulta definitivamente en lo que concierne a lo dispuesto en el ámbito de competencia" y para que pueda pasar ya al marco del mercado de valores.
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