Lucha contra el fraude
El Gobierno aprueba el proyecto de ley que permitirá a Hacienda embargar criptoactivos
El Consejo de Ministros remite al Congreso de los Diputados el texto que traspone la directiva de cooperación administrativa en materia de impuestos

Vista de un cajero de criptomonedas en Madrid, en una fotografía de archivo. / EFE


Rosa María Sánchez
Rosa María SánchezRedactora jefe
Premio Carlos Humanes de Periodismo Económico 2020. Máster Universitario en Investigación en Periodismo por la Universidad Complutense, en 2023. Profesora en el Título de Postgrado Especialista en Información Económica de la Universidad Nebrija. Colaboradora en RNE.
Criptoactivos y dinero electrónico serán activos susceptibles de ser embargados por Agencia Tributaria. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes remitir al Congreso de los Diputados el proyecto de ley por el que se traspone al ordenamiento español la octava actualización de la directiva europea de colaboración administrativa -conocida como DAC 8-, por la que se amplían a los criptoactivos y al dinero electrónico las obligaciones fiscales de información del resto de monedas.
La posibilidad de ser embargado, se extiende a los bienes y derechos localizados en entidades de pago y de dinero electrónico. Desde el punto de vista de Hacienda, esta novedad permitirá adaptar los procedimientos de recaudación ejecutiva a los cambios introducidos por las tecnologías de registro de criptoactivos.
Se prevé que las nuevas medidas de información sean efectivas a partir del 1 de enero de 2026, una vez que el proyecto de ley supere su tramitación en el Congreso de los Diputados.
Según Hacienda, las nuevas obligaciones de información implicarán un mayor refuerzo en el control sobre los activos de este tipo que estén situados en el extranjero y sobre saldos en las mismas.
Residentes y no residentes
El objetivo de la norma es mejorar la capacidad de los Estados miembros para detectar y combatir el fraude fiscal. De acuerdo a la directiva DAC 8, el proyecto de ley aprobado en segunda vuelta por el Consejo de Ministros modifica el concepto de 'moneda virtual', que pasa a denominarlo como 'criptoactivos' y amplía a estos activos transfronterizos las obligaciones de intercambio automático de información entre las autoridades tributarias. Se intercambiarán datos sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos de las mismas.
También se extiende la obligación de información y de diligencia debida para los proveedores de servicios de criptoactivos. A estos se les requerirá información sobre la identidad y residencia fiscal de los usuarios de criptoactivos y de determinadas operaciones efectuadas con ellos. La información que deberá recibir la Administración será tanto de usuarios residentes, como no residentes en España.
Con ello, Hacienda confía en ganar una nueva palanca para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se espera que los cambios legislativos permitirán que se refuerce el marco regulatorio común y se cumplan así las obligaciones de asistencia mutua en la UE. Una colaboración que podría extenderse a otras jurisdicciones con las que se intercambie información, en función de los acuerdos internacionales que se sellen.
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