Energía

¿Qué daños puedes reclamar si te afectó el apagón?

Alimentos estropeados, daños en electrodomésticos, cancelaciones de viajes o servicios contratados e interrupciones laborales fueron algunos de los inconvenientes sufridos por millones de personas.

Vista general del interior de la estación de trenes de María Zambrano el día después del apagón generalizado

Vista general del interior de la estación de trenes de María Zambrano el día después del apagón generalizado / Álex Zea - Europa Press

Sheila Noda

Sheila Noda

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El apagón, que este 28 de abril afectó a casi la totalidad del país, transformó lo que parecía un día normal en caos, al desencadenar el bloqueo de carreteras y aeropuertos, la suspensión de la transportación, las telecomunicaciones y los servicios básicos

Alimentos estropeados, daños en electrodomésticos, cancelaciones de viajes o servicios contratados e interrupciones laborales son algunos de los inconvenientes sufridos por millones de personas. Y aunque muchos se disponen a reclamarlos al sector asegurador y las compañías eléctricas, las asociaciones en defensa de los derechos de los consumidores señalan que solo aclarando las causas se pueden empezar a organizar las posibles indemnizaciones

Causa de fuerza mayor

Al no considerarse los apagones como riesgos extraordinarios, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), no cubre los daños causados por un apagón. Según la normativa vigente, solo se hace cargo de los cargos de cortes de luz si están provocados por fenómenos naturales extremos, como tormentas o inundaciones. 

De ahí que la confirmación oficial del origen influirá en el curso de las reclamaciones. Si se trata de una causa de fuerza mayor derivada de un evento extraordinario, que no podía preverse, las empresas proveedoras de energía no serían directamente responsables de los perjuicios. Aunque, sí deben aplicar una compensación automática en la factura por el tiempo sin recibir suministro.

Alimentos, dispositivos y viajes

Reunir fotos, tickets y facturas será clave para demostrar ante las aseguradoras los daños en los alimentos almacenados en viviendas y negocios, así como las afectaciones en aparatos eléctricos. Antes de efectuar estas reclamaciones es preciso revisar las cláusulas de la póliza y si el corte cumple con los requisitos establecidos en ella.

La información documental también es determinante en las interrupciones provocadas en los servicios pagados como es el caso de transportes y alojamientos para evidenciar que se ha contratado un servicio que no ha sido disfrutado. 

Afectaciones de electricidad en Madrid

Existe una particularidad en Madrid y es que si la incidencia afecta al 100 % del mercado y las empresas no reponen el servicio en menos de seis horas, la compañía deberá aplicar un descuento de hasta un máximo del 10 % en su factura anual.

Mientras que si la causa del incidente es ajena a las propias distribuidoras las compañías no están obligadas a indemnizar a los usuarios. 

Solo podrán reclamar aquellas personas que cuenten con un seguro y para mayor claridad se recomienda a los clientes, particulares y empresas revisar sus pólizas para conocer las coberturas, además de documentar los posibles deterioros.