Prestación contributiva por desempleo
La ayuda del Sepe de 3.400 euros: requisitos para solicitarla
La cuantía de la prestación aun será superior en caso de que el solicitante tenga derecho a prorrogarla durante más de seis meses
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La ayuda del SEPE de 3.400 euros: descubre si puedes acceder a ella. / Aina Marti
Helena Sala
Helena SalaRedactor de Activos
El Servicio Público de Empleo (Sepe) ofrece una ayuda para aquellas personas que han terminado su prestación contributiva por desempleo y aún no han encontrado trabajo, aunque es necesario acreditar una vulnerabilidad económica. Hace unos años, la ayuda solo estaba disponible para mayores de 45 años, pero a raíz de la aprobación del Real Decreto 2/2024, también pueden acceder a ella las personas menores de esta edad que tengan cargas familiares.
Resumen de requisitos para el subsidio por desempleo:
Para ser beneficiarios de la ayuda, los solicitantes deberán cumplir las siguientes condiciones, según especifica el portal web del Sepe:
- Estar en desempleo total o parcial (jornada menor a una completa).
- Haber agotado una prestación contributiva desde el 1 de noviembre de 2024.
- No tener derecho a una nueva prestación contributiva.
- Suscribir el acuerdo de actividad y la declaración de rentas.
- Carecer de rentas o tener responsabilidades familiares (obligatorio para menores de 45 años con prestación agotada por más de 360 días).
- Si no cumples los requisitos en la solicitud, tienes 6 meses para acreditarlos.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
La web también especifica que, si el solicitante puede acceder al subsidio para mayores de 52 años, recibirá este.
Duración y cuantía del subsidio
La duración del subsidio depende de la edad, las responsabilidades familiares y el tiempo de prestación agotada. Si el beneficiario no tiene responsabilidades familiares, el subsidio le durará 6 meses si su prestación agotada fue de 360 días o más (si tiene menos de 45 años) o de 120 días o más (si tiene más de 45 años).
Si tiene responsabilidades familiares, la duración será de 24 meses si la prestación agotada fue de 120 días y de 30 meses si fue de 180 días o más. Además, si la persona accede al subsidio sin responsabilidades familiares, puede ampliarlo si las acredita dentro de los 12 meses siguientes. El subsidio se concede por trimestres prorrogables hasta agotar la duración máxima.
La cuantía del subsidio se calcula en función del IPREM mensual. Durante los primeros 180 días, se recibe el 95% del IPREM; desde el día 181 al 360, el 90%; y a partir del día 361, el 80%. En caso de que se perciba durante seis meses, la ayuda sumaría un total de 3.420 euros, es decir, 570 euros mensuales. El pago se realiza entre los días 10 y 15 del mes siguiente, mediante ingreso en la cuenta bancaria que la persona haya indicado.
¿Cuándo y cómo tramito la prestación?
La solicitud de la ayuda se debe realizar dentro de los 6 meses tras agotar la prestación. En caso de hacerlo en los primeros 15 días hábiles, comenzará al día siguiente; de lo contrario, empezará desde la fecha de solicitud.
Además, el subsidio se concede por trimestres prorrogables, por lo que se debe renovar cada 3 meses dentro de los 15 días hábiles tras su vencimiento. Si se solicita fuera del plazo de 6 meses, se denegará, salvo excepciones.
Para tramitarla, es posible hacerlo a través de la sede electrónica del Sepe, en oficinas de prestaciones (con cita previa a través de la sede electrónica del Sepe), en oficinas de registros públicos o por correo administrativo.
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