CONSTRUCCIÓN
El Supremo analizará la multa de la CNMC a ACS, FCC, Ferrovial, Acciona, OHLA y Sacyr por "alterar" contratos desde 1992
El alto tribunal ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Ferrovial, siguiente paso después de que la Audiencia Nacional rechazase varios contenciosos-administrativos

Archivo - Sede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) / EUROPA PRESS - Archivo

El Tribunal Supremo analizará si son procedentes las multas interpuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a las siete de las mayores constructoras del país: ACS, FCC, Ferrovial, Acciona, OHLA, Sacyr y Lantania. El motivo de la sanción récord de 203,6 millones de euros es la alteración durante 25 años de procesos competitivos en licitaciones de construcción de infraestructuras, utilizando varias empresas la misma oferta técnica.
El origen de este procedimiento se remonta a 2018, cuando la CNMC entró en las sedes de varias de las constructoras para investigar una potencial práctica contraria a la competencia. Dada la complejidad de la propia investigación, ya que los hechos comenzaron a desarrollarse en 1992 y terminaron en 2017, la CNMC no pudo completar la auditoría en el plazo de 18 meses que marca la ley, motivo por el que la actuación fue archivada en 2020. Sin embargo, la Dirección de Competencia de la entidad incoó un nuevo procedimiento sancionador por los mismos hechos, puesto que la infracción investigada no había prescrito.
Este proceso culminó en julio de 2022, cuando se conoció la sanción más alta de la historia de la CNMC, que finalmente se atribuyó a seis empresas, ya que se archivaron las actuaciones contra Lantania: 57,1 millones a Dragados (filial de ACS), 29,4 millones a Acciona, 40,4 millones a FCC, 38,5 millones a Ferrovial, 21,5 millones a OHLA y 16,7 millones a Sacyr. La CNMC declaró probado que las constructoras convocaban reuniones para encargar conjuntamente a una empresa externa determinados informes incluidos dentro de la oferta técnica de una licitación, que después era compartida entre todos.
Recurso a la Audiencia Nacional
Las constructoras involucradas interpusieron recursos contenciosos-administrativos contra la sanción ante la Audiencia Nacional. El primero que se resolvió, en junio de 2024, fue el presentado por Acciona, que fue inadmitido. Recientemente, este mes de marzo, también corrió la misma suerte otro interpuesto por Sacyr. Ante estos fallos, la única opción era recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, algo que al menos ha completado Ferrovial, el cual ha sido admitido a trámite en un auto firmado el pasado 20 de marzo, según ha podido saber este periódico. El tribunal entiende que hay interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia en determinar hasta qué punto es conforme a derecho y se pueden utilizar en un procedimiento sancionador actuaciones practicadas en el anterior proceso, cuando este fue declarado caducado.
La CNMC basó su sanción en que el hecho de compartir los informes técnicos necesarios para enviar una oferta, como puede ser un estudio geotécnico, y los intercambios de información entre licitadores "incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública", según explicaron en la nota publicada cuando esta fue oficial. La información compartida a los ojos del regulador era "sensible" y, en algunos casos, la única personalización era la inclusión de los logos de cada empresa en el documento conjunto. Estos acuerdos contra la competencia se centraron durante 25 años en licitaciones de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general, como hospitales, carreteras o aeropuertos.
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