Control de fraude
La Agencia Tributaria pone el foco en contribuyentes con signos de riqueza pero que pagan poco IRPF
El plan director de control tributario para 2025 mantiene los 'neobancos' y las operaciones con criptomonedas entre sus prioridades

Archivo - Yates amarrados. / AENIB - Archivo


Rosa María Sánchez
Rosa María SánchezRedactora jefe
Premio Carlos Humanes de Periodismo Económico 2020. Máster Universitario en Investigación en Periodismo por la Universidad Complutense, en 2023. Profesora en el Título de Postgrado Especialista en Información Económica de la Universidad Nebrija. Colaboradora en RNE.
Una persona que conduce un coche de alta gama, que se aloja en hoteles de lujo, que realiza compras costosas de arte, que viste joyas caras o que posee un yate y que, sin embargo, presenta una modesta declaración del IRPF o no tributa en el impuesto de patrimonio. Este contribuyente, que siempre ha formado parte de los programas de inspección de Hacienda, pasará a ser un foco prioritario de ellos en 2025.
Así se desprende de las directrices del Plan de Control Tributario 2025 que el Ministerio de Hacienda ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A diferencia del plan de 2024, el de este año pone un mayor énfasis en "aquellos contribuyentes en los que existan discordancias entre su nivel de vida y los signos externos de riqueza que presentan con las rentas y/o patrimonio declarados". Así el documento se propone actuar "intensificando las actuaciones de control sobre aquellos supuestos en los que la ocultación de rentas, o la utilización abusiva de sociedades instrumentales para desviar gastos personales o situar activos para su uso personal, permiten a determinados contribuyentes mantener estándares de vida que no se corresponden en absoluto con las rentas declaradas ni el patrimonio conocido".
Según el comunicado emitido por la AEAT, en estos casos, el control de la Agencia Tributaria se centrará, entre otros aspectos, en el análisis de las estructuras creadas, con el fin de atribuir a las personas físicas como rentas el importe de todos los gastos e inversiones que, siendo de su disfrute exclusivo, se estén declarando como gastos deducibles o inversiones de las estructuras que han creado con fines defraudatorios.
Contribuyentes de alta capacidad económica
Más allá de los supuestos concretos de especial gravedad y complejidad, en el conjunto del tradicional análisis patrimonial de contribuyentes de alta capacidad económica -conocidos por sus siglas en inglés como HNWI ('High Net Worth Individuals') o UHNWI ('Ultra High Net Worth Individuals')-, se atenderá especialmente a la utilización de sociedades para la deducción de gastos personales, así como al aprovechamiento gratuito, o por precios no de mercado, de bienes de la sociedad por parte del socio y su círculo familiar.
Neobancos y criptomonedas
El control de la economía sumergida, de los no residentes, de las plataformas tecnológicas o de empresarios o profesionales sin ingresos vía tarjetas en sectores donde es habitual este medio de pago, continúan en el foco del plan director de la AEAT de 2025.
En concreto, se prevé impulsarán actuaciones de control sobre contribuyentes que hayan operado con monedas virtuales sin declarar las rentas o ganancias derivadas de su tenencia y transmisión.
Además, el fenómeno de los 'neobancos' lleva a Hacienda a planificar "una intensificación de controles fiscales para evitar que los medios de pago alternativos supongan una vía de elusión o fraude, pero también se analizará desde la óptica de la investigación del blanqueo de capitales por parte de organizaciones criminales", según la AEAT.
En el ámbito de comercio electrónico transfronterizo se prevé explotar las nuevas tecnologías "para la mejora de la identificación de envíos con posible infravaloración de la mercancía".
Control del impuesto de no residentes
El documento publicado en el BOE constata que "se ha observado también, que un cierto número de personas no nacionales eligen vivir en España, estableciendo su residencia habitual en territorio español, permaneciendo en él durante más de 183 días del año natural, pero no comienzan a tributar como residentes por su renta mundial, sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del IRNR (impuesto sobre la renta de no residentes), únicamente por la renta obtenida o generada en España". Según la AEAT, "estos comportamientos serán objeto de una comprobación exhaustiva, continuando con la línea iniciada ya en anteriores ejercicios".
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