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Declaración de la Renta

Palo de Hacienda: Olvídate de deducir casi 3.000 euros en la declaración de la Renta si tu hipoteca es anterior a esta fecha

La declaración de la Renta empieza el próximo 2 de abril y es importante tener claro qué gastos podemos deducir

Las personas que hayan adquirido su vivienda antes de esta fecha podrán deducirse el gasto en la declaración de la Renta.

Las personas que hayan adquirido su vivienda antes de esta fecha podrán deducirse el gasto en la declaración de la Renta. / Ferran Sendra

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Queda menos de un mes para que empiece la declaración de la renta. El próximo 2 de abril, los contribuyentes ya podrán empezar a rendir cuentas con Hacienda. Antes de ello, es importante conocer qué gastos podemos deducir en la declaración. Los gastos de autónomos y empresas, la compra de vehículos eléctricos, el nacimiento o adopción de hijos o las inversiones en startups son algunas de las deducciones más comunes.

Otra deducción habitual es la de la compra de vivienda habitual, aunque, desde el 1 de enero de 2013, ya no se puede aplicar en las viviendas compradas después de este año. No obstante, si adquiriste la vivienda antes de 2013 y ya aplicaste esta deducción, puedes seguir haciéndolo en tu declaración de la Renta siempre que cumplas con los requisitos establecidos.

Requisitos para desgravar la hipoteca en la Renta

Para beneficiarte de esta ventaja fiscal, debes cumplir con una de las siguientes condiciones, según indica la Agencia Tributaria en su página web:

  • Haber adquirido tu vivienda habitual o haber realizado pagos para su construcción antes del 1 de enero de 2013.
  • Haber efectuado pagos antes de esa misma fecha para la rehabilitación o ampliación de la vivienda, con la condición de que las obras se hayan concluido antes del 1 de enero de 2017.
  • Haber pagado cantidades previas a 2013 para la adaptación de la vivienda habitual en caso de discapacidad, siempre que estas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.

Además, es indispensable haber aplicado la deducción en 2012 o en años anteriores. En caso de no haberlo hecho, sólo puedes acceder a ella si la cantidad invertida en la vivienda no superó el importe exento por reinversión, si las bases efectivas de deducción de inmuebles anteriores no se agotaron o si no tuviste cuota suficiente para aplicarla, salvo errores que requieran un análisis específico.

¿Cuánto puedes deducir?

Si cumples los criterios mencionados, tienes la posibilidad de desgravar hasta un 15% de lo que hayas pagado por tu hipoteca a lo largo del año. Sin embargo, esta deducción solo se aplica sobre una base máxima de 9.040 euros anuales. Según los expertos de HelpMyCash, esto significa que podrías ahorrarte hasta 1.356 euros en el IRPF cada año.

No obstante, en caso de que la hipoteca tenga dos titulares y ambos presentéis la declaración por separado, la base máxima se duplicaría, alcanzando los 18.080 euros, lo que supondría un ahorro de hasta 2.712 euros anuales.

Desglose de la deducción

El importe total de la deducción se divide en dos partes:

  • Deducción estatal: permite aplicar hasta un 7,5% de lo abonado en el año por la hipoteca.
  • Deducción autonómica: cada comunidad autónoma puede establecer su propio porcentaje, con un límite del 7,5%. En algunos casos, este porcentaje puede ser mayor si el contribuyente pertenece a ciertos colectivos, como familias numerosas o personas con discapacidad.

Por ejemplo, según señalan desde HelpMyCash, si has pagado cuotas mensuales de 500 euros, sumando un total de 6.000 euros al año, podrías deducirte hasta el 15% de esa cantidad, lo que equivaldría a un ahorro de 900 euros en tu declaración de la Renta.

Fechas de la declaración de 2025

Dependiendo de la modalidad que el contribuyente elija para realizar su declaración, la fecha de inicio puede variar. Sin embargo, el plazo finalizará el 30 de junio de 2025 en todos los casos:

  • Por internet: 2 de abril
  • Por teléfono: 6 de mayo (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
  • Presencialmente en oficinas: 2 de junio (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).

¿En qué casos debo presentar la declaración?

En 2025, estarán obligados a presentar la declaración de la Renta quienes hayan percibido más de 22.000 euros anuales de un solo pagador. En el caso de contar con varios pagadores, el límite será de 15.876 euros. 

Además, una de las principales novedades es que quienes cobren el Salario Mínimo Interprofesional también deberán tributar. Asimismo, quienes hayan recibido prestaciones por desempleo en 2024 también estarán sujetos a esta obligación fiscal.