Agencia Tributaria

Confirmado por Hacienda: se perdona todas las deudas inferiores a esta cantidad

Es muy común que los contribuyentes tengan deudas con Hacienda, pero existen dos situaciones que muchos desconocen en las que no están obligados a pagarlas

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero / Ricardo Rubio - Europa Press

S.A.

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Las deudas con Hacienda son una preocupación común entre los contribuyentes, ya sea por temas relacionados con el IRPF o cualquier otro impuesto. Muchos se preguntan si es posible que Hacienda perdone alguna de estas deudas y en qué casos podría ocurrir. Aunque las deudas con la Agencia Tributaria generan incertidumbre, hay ciertos escenarios en los que el organismo puede dejar de reclamarlas, siempre que no se superen ciertos límites.

Límites en los que Hacienda te perdona la deuda

Desde junio de 2022, Hacienda confirmó que no reclamará las deudas que sean inferiores a 3 euros. Esta medida está recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y establece que cualquier deuda de menos de esa cantidad será perdonada de forma automática. El motivo principal detrás de esta decisión es que los costes asociados con la gestión y el cobro de estas pequeñas deudas superan el valor de las mismas, lo que convierte la operación en poco rentable para la Agencia Tributaria. Esta medida no solo alivia a los contribuyentes que puedan tener pequeñas deudas, sino que también optimiza los recursos de Hacienda al eliminar las gestiones innecesarias. Sin embargo, es importante destacar que esta exención solo se aplica si la deuda es inferior a 3 euros.

Otras personas que no están obligadas a pagar la deuda con Hacienda

Además de las deudas menores a 3 euros, existen otros escenarios en los que Hacienda no puede embargar las cuentas o bienes del contribuyente. Por ejemplo, si una persona está cobrando un salario o una pensión por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, Hacienda no tiene permitido ejecutar embargos. Esta medida, recogida en el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores, protege a aquellos que ganan menos de 1.134 euros mensuales (en 14 pagas) de sufrir embargos por deudas pendientes con la Agencia Tributaria.

Esta protección es especialmente relevante para pensionistas o trabajadores con ingresos reducidos, ya que evita que su situación económica se vea aún más comprometida. Si los ingresos del deudor están por debajo de este umbral, no podrá ser objeto de embargos, independientemente del importe de la deuda que tenga con Hacienda.

Cómo saber si tienes deudas con Hacienda

Si sospechas que pueden tener alguna deuda pendiente con Hacienda, es importante verificar tu situación lo antes posible para evitar posibles sanciones o embargos futuros. Existen dos formas principales para consultar tus deudas con la Agencia Tributaria: de forma presencial, acudiendo a una oficina de Hacienda y solicitando cita previa; o de forma online, ya que la opción más rápida y conveniente es consultar tus deudas a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Desde la comodidad de tu casa, puedes acceder al portal para consultar, pagar o aplazar deudas, utilizando tu DNI electrónico, certificado digital o clave PIN. También puedes gestionar tus deudas mediante la app oficial de la Agencia Tributaria, disponible para dispositivos móviles.