Comunidades de vecinos
A partir de este día vas a poder denunciar un piso turístico ilegal
La Ley Orgánica de Eficiencia de la Justicia modifica la actual Ley de Propiedad Horizontal

Protesta contra el alquiler turístico en Palma. / GUILLEM BOSCH
La existencia de pisos turísticos en edificios residenciales sin tener la pertinente licencia de actividad es una fuente continua de conflictos que las autoridades tratan de controlar no siempre con el éxito y la eficacia deseable.
Sin embargo, desde el próximo 3 de abril las comunidades de propietarios dispondrán de más herramientas para combatir las denominadas viviendas de uso turístico (VUT) no autorizadas. En el caso de que un piso turístico comience a funcionar sin pedirles antes permiso estas van a poder denunciarlos gracias a La Ley Orgánica de Eficiencia de la Justicia.
También van a poder actuar de la misma forma en contra de aquellas VUT que ya estén funcionando pero al margen de la normativa sectorial turística, sin los permisos debidos.
Según la citada normativa, que modifica la actual Ley de Propiedad Horizontal, la existencia de un piso turístico en una comunidad de vecinos necesitará del consentimiento específico de una mayoría de tres quintos de propietarios para poder desarrollar su actividad y siempre que no se choque con lo establecido por cada Administración competente en la materia.
Si así lo creen conveniente, las comunidades de propietarios van a poder denunciar al ayuntamiento pertinente en el ámbito del derecho público, dado que éste es quien tiene competencias en el uso del suelo y será el consistorio el que deba sancionar. La denuncia de los vecinos también puede ir dirigida contra la Comunidad Autónoma, siendo esta la que tiene competencias en lo turístico.
Desde el derecho privado y desde el ámbito civil, las comunidades de vecinos también van a poder reclamar daños y perjuicios a los propietarios de VUT si así lo estiman oportuno y pueden demostrarlo.
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