Incapacidad permanente
Estos son los tipos de incapacidad laboral que existen y lo que se cobra en cada uno de ellos
Esta es la ayuda de 500 euros para que los beneficiarios de una incapacidad permanente puedan compensar la inflación

Funcionarios en su puesto de trabajo. / EFE
La incapacidad permanente es una situación en la que un trabajador, debido a una enfermedad o un accidente, no puede seguir desempeñando su trabajo de forma normal. Dependiendo del grado de afectación, la Seguridad Social reconoce diferentes tipos de incapacidad y concede una compensación económica en forma de pensión o indemnización. Es importante entender que el porcentaje de pensión que se recibe no tiene relación con el grado de discapacidad que pueda reconocerse a efectos de movilidad o dependencia, sino con la capacidad laboral que la persona conserva tras su enfermedad o accidente.
Incapacidad permanente parcial
La incapacidad permanente parcial es el grado más leve de incapacidad y no da derecho a una pensión mensual, sino a una indemnización única. Se concede a aquellos trabajadores que, debido a una enfermedad o lesión, ven reducido su rendimiento laboral en al menos un 33 %, pero aún pueden seguir desempeñando su trabajo.
Quienes reciben esta incapacidad continúan en su puesto habitual, aunque la empresa debe adaptar sus funciones para que pueda realizarlas sin que su estado de salud empeore. A cambio, la Seguridad Social les otorga una indemnización equivalente a 24 meses de su sueldo bruto calculado según su base reguladora. En otras palabras, recibirán dos años de salario en un único pago, pero podrán seguir trabajando con normalidad.
Incapacidad permanente total
La incapacidad permanente total se concede cuando el trabajador no puede desempeñar su profesión habitual, pero aún tiene capacidad para trabajar en otro sector o puesto distinto. Esta incapacidad da derecho a una pensión del 55 % de la base reguladora, aunque existen situaciones en las que este porcentaje puede aumentar.
Para calcular la base reguladora en caso de enfermedad común, se hace una media de las bases de cotización de los últimos 8 años. A partir de esa cantidad, la Seguridad Social abonará el 55 % en forma de pensión mensual. Sin embargo, cuando el beneficiario cumple 55 años y no ha conseguido reincorporarse al mercado laboral, el porcentaje aumenta hasta el 75 % para compensar la mayor dificultad para encontrar empleo a esa edad.
Una ventaja de esta incapacidad es que permite compatibilizar la pensión con otro trabajo, siempre que sea en una profesión distinta a la que originó la incapacidad.
Incapacidad permanente absoluta
En casos más graves, donde la persona no puede desempeñar ningún tipo de trabajo, la Seguridad Social concede la incapacidad permanente absoluta. Este reconocimiento implica que la persona está totalmente inhabilitada para cualquier actividad laboral, por lo que la pensión que se recibe es del 100 % de la base reguladora.
A diferencia de la incapacidad total, quienes obtienen este tipo de incapacidad no pueden trabajar en ningún sector, ya que se considera que su estado de salud impide cualquier actividad profesional.
Gran Invalidez: la pensión más alta
El grado máximo de incapacidad es la gran invalidez, que se otorga cuando, además de no poder trabajar, la persona necesita asistencia de otra persona para realizar actividades diarias básicas, como vestirse, alimentarse o desplazarse.
En este caso, además de la pensión del 100 % de la base reguladora, se añade un complemento del 50 %, destinado a cubrir los gastos derivados de la necesidad de asistencia. En total, la pensión alcanza el 150 % de la base reguladora, lo que supone una paga 1,5 veces superior al salario que tenía la persona antes de la incapacidad.
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