Sector financiero

Rechazada la demanda de Sumar al Banco de España por no detallar los beneficios de la banca por los depósitos

Los resultados de la banca española en 2024

Madrid. 24.09.2024. José Luis Escrivá durante la toma de posesión como Gobernador del Banco de España

Madrid. 24.09.2024. José Luis Escrivá durante la toma de posesión como Gobernador del Banco de España / José Luis Roca

EFE

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La Audiencia Nacional ha rechazado la demanda presentada por Sumar en la que exigía al Banco de España información sobre el dinero público que la entidad transfirió a los bancos que operan en España por depositar sus reservas en 2022 y 2023, según han confirmado a EFE fuentes jurídicas. La facilidad de depósito es un instrumento de política monetaria que permite a las entidades financieras realizar depósitos a un día en los bancos centrales nacionales y recibir una remuneración al tipo de interés establecido por el Banco Central Europeo (BCE). En la práctica, hace años que el negocio bancario se ha alejado de la intermediación entre depósitos y préstamos, centrándose especialmente en la inversión y el movimiento de capitales.

En la demanda, presentada el pasado mes de septiembre, Sumar indicaba que en mayo del año pasado pidió al Banco de España dichos datos, pero la entidad contestó que "no está autorizado a facilitar la información solicitada, con base en la obligación de secreto profesional". En 2023, la remuneración que recibieron los bancos por su facilidad de depósito alcanzó los 7.805 millones de euros -el 65 % de sus beneficios en España- frente a los 1.215 millones de 2022, según los datos facilitados por el Banco de España a Sumar.

Como consecuencia de ello, sostenía Sumar, el Banco de España registró pérdidas en su cuenta de resultados que fueron compensadas con provisiones y el ingreso de 2.000 millones que el Banco de España suele hacer anualmente en el Tesoro procedente de sus beneficios se redujo a cero. Esto supuso un "importante menoscabo" en las posibilidades de financiar políticas públicas, explica el documento.

Presunción de confidencialidad

En el texto, Sumar se remitía a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha estimado que el Banco Central Europeo (BCE) "no puede basarse en una presunción general de confidencialidad para denegar el acceso a información relativa a su labor de supervisión si no lo justifica, lo que cabe aplicar también al Banco de España". Además, la información solicitada no puede dañar, "siquiera hipotéticamente", los intereses privados de los bancos depositantes, indica el texto, que añade que la información solicitada por los diputados no tiene valor comercial, no está especialmente protegida por las entidades de crédito, y no puede dañar la competitividad de las mismas.

Es más, seis bancos españoles -Santander, CaixaBank, Sabadell, Bankinter, Unicaja y Renta4- han incluido en sus memorias anuales "de forma voluntaria, aunque no estandarizada", la información solicitada al Banco de España sobre los ingresos que perciben de las facilidades de depósitos a nivel nacional y europeo. No cabe, por lo tanto, afirmar que "existe un perjuicio para los bancos derivado de la publicación de la información solicitada y de que esta información no es confidencial".

La información que se solicita, indica la demanda, "es imprescindible para permitir un diseño óptimo de la política fiscal y para defender los intereses de los inversores privados, en particular de los minoristas".