Pensiones
La Seguridad Social podría eliminar las pensiones de viudedad a quienes no cumplan ciertos requisitos
Las pensiones por viudedad suben un 2,8% este mes de enero, aunque el Gobierno podría retirar la prestación según determinadas situaciones personales

El Gobierno podría retirar la pensión por viudedad en situaciones concretas, auque hay excepciones. / Maya Balanya
Las pensiones por viudedad, al igual que las demás pensiones contributivas, experimentarán un incremento del 2,8% durante enero de 2025. Sin embargo, a partir de febrero, estas pensiones podrían regresar a los niveles de 2024 debido a la derogación del decreto ley ómnibus, salvo que el gobierno apruebe una nueva normativa que garantice el aumento antes de finalizar el mes. Este ajuste, fundamentado en la variación interanual del Índice de Precios de Consumo (IPC), tiene como objetivo preservar el poder adquisitivo de los pensionistas frente a la inflación. Para los beneficiarios, este incremento representaría, en promedio, unos 600 euros adicionales al año.
Este tipo de pensiones están diseñadas para proporcionar estabilidad económica a la pareja sobreviviente tras el fallecimiento del titular. No obstante, estas prestaciones no siempre son permanentes, ya que la Seguridad Social puede suspenderlas o cancelarlas en determinadas circunstancias específicas.
Casos en los que se puede perder la pensión de viudedad
La Seguridad Social especifica en qué casos podría retirar la pensión por viudedad:
- Condena por la muerte del causante: Si se demuestra mediante sentencia firme que el beneficiario es culpable del fallecimiento de la persona que dio origen a la pensión, esta será inmediatamente retirada.
- Casos de violencia de género: Si el beneficiario ha cometido actos de violencia de género contra el causante antes de su fallecimiento, también perderá el derecho a la pensión.
- Fallecimiento del beneficiario: La pensión de viudedad se extingue automáticamente cuando la persona que la recibe fallece.
- Aclaración sobre trabajadores desaparecidos: Si se comprueba que el trabajador desaparecido no ha fallecido realmente, la pensión será eliminada.
- Contraer matrimonio o formar una pareja de hecho: El derecho a la pensión puede extinguirse si el beneficiario vuelve a casarse o establece una pareja de hecho formal. Sin embargo, hay excepciones que permiten mantener la prestación bajo ciertas condiciones.
Excepciones en las que se puede conservar la pensión de viudedad tras un nuevo matrimonio o pareja de hecho
A pesar de contraer matrimonio o formar una pareja de hecho, es posible seguir cobrando la pensión de viudedad siempre que se cumplan ciertos requisitos, según establece la Seguridad Social en su portal web:
- Siempre que el beneficiario sea mayor de 61 años, tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, o que acredite una discapacidad con un grado igual o superior al 65%.
- La pensión debe ser el ingreso principal del beneficiario, representando al menos el 75% del total de sus ingresos anuales.
- Los ingresos anuales del nuevo matrimonio o pareja de hecho, incluidos los provenientes de la pensión, no deben superar el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
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