Derechos laborales
El Estatuto de los Trabajadores cambia: estos son los nuevos ajustes que tienen los contratos
¿La empresa puede obligarme a trabajar un día festivo? Esto dice la ley
Yolanda Díaz cita el 26 de noviembre a los expertos gubernamentales para fijar el salario mínimo de 2025

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz / Alberto Ortega - Europa Press
El Estatuto de los Trabajadores, la ley que regula todo lo que ocurre entre empresa y trabajador, recoge un nuevo derecho laboral que beneficia a los trabajadores y a sus familiares y que entró en vigor en diciembre, concretamente, desde el día 4.
La Ley Orgánica 5/2024 incluye una ampliación de la garantía de indemnidad del empleado ante un posible despido de la empresa.
Hasta ahora, el artículo 17.1 del Estatuto de los Trabajadores establecía como nulas “las órdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación”.
Familiares en la misma empresa
Esta garantía de indemnidad, que protegía al trabajador que reclama contra su empresa con el fin de evitar represalias, se amplió mediante la Ley Orgánica 5/2024.
Aquellos familiares que trabajen en la misma empresa también gozan ahora de protección. Así se encuentra redactado en la ley: “Se extiende al cónyuge, pareja de hecho y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que presten servicios en la misma empresa, aun cuando estos no hubieran realizado la actuación conducente al ejercicio de sus derechos”.
De esta manera, ni el trabajador ni sus familiares pueden ser sancionados, castigados o despedidos por haber ejercido o disfrutado un derecho laboral o haber reclamado o denunciado una situación en el trabajo. Si lo son, también los familiares que no hayan participado en la acción, las represalias o despidos serían calificados como nulos.
Eso sí, la nulidad se concede si el trabajador demuestra que dichas represalias, sanciones o despidos se han producido por haber ejercido un derecho o haber reclamado el mismo.
- La 'excitación' por la jubilación anticipada a agosto de la jueza de Nacho Cano y de González Amador, pareja de Ayuso
- Barcelona retoma las expropiaciones y demoliciones para construir la rambla verde de Vallcarca
- Sorteo Extra de la ONCE del Día del Padre 2025, en directo: comprobar y números premiados
- Encuentran en Barcelona al menor de 15 años de Manresa desaparecido desde hacía una semana
- Airbnb avisa a Illa y Collboni de que el decreto contra los pisos turísticos no puede aplicarse por igual en todas partes
- Dos detenidos en Mataró por defraudar 2 millones de euros en la compra de 36 coches de lujo en Alemania
- Niño Becerra predice una crisis como la del 2008: 'Llegará una oleada de desahucios
- La fiscal provincial de Madrid alega su 'desconcierto' por la filtración de datos del novio de Ayuso para pedir el archivo de la causa