Trabajo
La justicia no ampara a los trabajadores que reduzcan su jornada laboral para librarse de un despido
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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del 23 de septiembre determina que es "fraude de ley y abuso de derecho" que un trabajador solicite una reducción de jornada laboral por conciliación familiar con el único objetivo de protegerse ante un despido por parte de su empresa.
La magistrada María Isabel Saiz Areses determinó que tres días después de que una empresa anunciara a la totalidad de sus empleados que se veía obligada a realizar recortes y una reestructuración de plantilla por temas económicos, un trabajador fue citado por su jefe y que dos minutos antes de la hora de su reunión solicitó una reducción de jornada de una hora diaria para cuidar a sus hijos.
Como en la citada reunión el empleado acabó siendo despedido procedió a judicializar el asunto alegando que el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores blindaba de despidos a quienes hayan solicitado una reducción de jornada para la conciliación familiar.
En este caso, la Justicia vio relación directa entre la petición de conciliación y el anuncio de la empresa de recortes de plantilla, por lo que la jueza vio "fraude de ley y abuso de derecho" en la acción del trabajador, dando la razón al empleador.
Lo que sí dictaminó a favor del trabajador es que su despido era improcedente y no objetivo como pretencía la empresa.
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