Novedades Renta
Confirmado por Hacienda, este es el gran cambio que sufrirá el IRPF en la declaración de la Renta 2025
Mucho cuidado: el SEPE puede quitarte la ayuda para mayores de 52 años sin que te enteres

Una mujer pasa por una oficina del SEPE en Madrid, el pasado día 1. / Europa Press / Marta Fernández Jara
A las ayudas y subsidios por desempleo se les aplica la retención de IRPF mínima del 2%, por lo que lo más común es que a sus beneficiarios obligados a presentar la declaración de la Renta el borrador les salga a pagar.
Hasta ahora la obligatoriedad o no de realizar la declaración de la renta venía marcada por las normas que afectan a cualquier contribuyente, que tienen que ver tanto con el número de pagadores que haya tenido el desempleado en un año fiscal como con las cantidades totales recibidas y Hacienda consideraba que los parados que recibían una prestación tenían, en principio, dos pagadores: la empresa para la que habían estado trabajando y el SEPE.
Supuestos para hacer la declaración
De este modo, estas personas estaban obligadas a hacer la declaración siempre que hubieran tenido rentas superiores a los 15.000 euros, con la excepción de que los ingresos recibidos de segundos pagadores y de posteriores pagadores no hubieran superado los 1.500 euros. También estaban obligados a declarar IRPF si superan los 22.000 euros anuales de un mismo pagador.
Pero todo esto cambiará con la llegada de 2025, ya que las personas que cobren la prestación por desempleo, o cualquier otro subsidio por desempleo, tendrán que presentar cada año la declaración del IRPF, independientemente de que no se alcance el umbral de renta que obliga a hacer la declaración.
En caso de incumplimiento, los beneficiarios podrían ver suspendido el cobro de la prestación.
Esta obligación es similar a la establecida para los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV), que tienen que presentar la declaración de la renta sí o sí. La diferencia estriba en que el IMV es una renta exenta de IRPF, mientras que la prestación por desempleo no está exenta y se le aplica retención.
Más cambios
Por otra parte, en 2025 el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) estará exento de IRPF. Así, las personas que ganen menos de 15.876 euros anuales (1.134 euros en 14 pagas) no tendrán que pagar IRPF, según el Real Decreto 142/2024.
Otra novedad en la Renta de 2025 será que, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este trámite, la Agencia Tributaria va a permitir que los contribuyentes cuya declaración salga a pagar puedan saldar su deuda con Hacienda mediante Bizum o tarjeta de crédito.
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