Conciliación

Permiso parental de 8 semanas: ¿Deberán pagarlo ahora las empresas? ¿Cuánto cobrarán los trabajadores?

Los trabajadores con hijos a cargo pueden solicitar hasta dos meses de ausencia para cuidar a un hijo de hasta ocho años de edad

Una sentencia pionera reconoce la licencia como remunerada, si bien otros tribunales han rechazado que las empresas deban pagarlo

Un padre camina por la calle consultando su móvil en presencia de su hijo.

Un padre camina por la calle consultando su móvil en presencia de su hijo. / José Luis Roca

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

Barcelona
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Una jueza de Barcelona ha avivado el debate sobre si el permiso parental de ocho semanas, reconocido en la ley de familias y que pueden reclamar todos aquellos progenitores que tengan un vástago de hasta ocho años de edad, debe ser remunerado o no. A falta de que España transponga una directiva al respecto y aclare el criterio que deben seguir empresas y administraciones públicas, los tribunales están aplicando baremos diversos, si bien el nuevo fallo promete que muchos trabajadores se lancen a reclamar este derecho.

Hasta ahora el criterio más extendido era que, a falta de un cambio legislativo, el permiso parental –diferente al permiso de paternidad o maternidad hábil tras el nacimiento del bebé- no se cobraba. Hasta el punto de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) recientemente sentenció que las compañías estaban facultadas de descontar días de vacaciones a aquellos empleados que solicitaran ausentarse un tiempo para cuidar a sus niños.  

No obstante, ahora un juzgado de primera instancia ha fallado en sentido contrario y ha condenado al Ayuntamiento de Barcelona a indemnizar a un empleado municipal por no pagarle durante sus días de permiso. 

 ¿Entonces, qué ha cambiado? El calendario, según apuntan los abogados consultados. España, como el resto de estados miembros de la Unión Europea, tenía hasta el 2 de agosto de este año para reconocer por ley el derecho a cobrar durante estos días de permiso. "El problema es que la directiva deja claro que el permiso debe ser retribuido, pero delega en los Estados miembros la regulación concreta del modo de retribuirlo", explica el socio del área de laboral de RocaJunyent Alberto Novoa. Y España no lo ha hecho.  "No es culpa de los ciudadanos que el Estado no haya hecho los deberes", afirma el abogado del bufete Col•lectiu Ronda Nacho Parra.

Este es uno de los principales argumentos de los que se vale la magistrada para obligar al Ayuntamiento a pagarle el permiso a su empleado, ya que entiende que una vez superado el plazo de transposición, la directiva avala para reclamar directamente el derecho. "Se abre la posibilidad de que los funcionarios y también y los trabajadores del sector privado puedan exigir la retribución del permiso parental a partir del 2 de agosto de 2024, basándose en la falta de transposición de la directiva", afirma Novoa.

En opinión del socio de laboral de Baker McKenzie, Marc Cucarella, la argumentación de la jueza barcelonesa es lo suficientemente sólida como para hacer complicado que otro juzgado pueda fallar en sentido distinto y negar este mismo derecho a otro trabajador, si bien recuerda que, per se, la sentencia no genera jurisprudencia. "Los tribunales cada vez han ido perdiendo el miedo a aplicar el derecho comunitario, sobre todo siendo una directiva tan clara", afirma.

Diferente interpretación hace Manel Hernàndez, socio de laboral de Pérez-Llorca, que considera que el caso concreto del Ayuntamiento de Barcelona difícilmente se replicará en otros juicios, ya que parte de un elemento que este letrado ve clave. Y es que el consistorio inicialmente dio una instrucción de remunerar este permiso y luego se desdijo. Y sin ese precedente, opina Hernàndez, dificilmente los jueces le darán la razón al demandante.

Las distintas fuentes consultadas coinciden en señalar que las diferencias de criterio entre tribunales pervivirán hasta que el Gobierno regule por ley la cuestión. Cómo lo hará todavía no está claro. Que la ausencia debe ser remunerada es algo seguro, pero quién la pagará no lo define la directiva. Puede ser a costa de la empresa o, como el permiso de paternidad o maternidad, a cargo de la Seguridad Social

La ausencia de una normativa que regule el permiso parental hace difícil delimitar un criterio único para esta cuestión. El trabajador beneficiado por la sentencia pionera de Barcelona ha recibido 4.000 euros, que era lo que reclamaba por esos dos meses de ausencia. Una cuantía equivalente, en su caso, al sueldo que hubiera percibido si hubiera estado trabajando.

Las fuentes jurídicas consultadas coinciden en señalar que la cuantía a cobrar es una de las grandes incógnitas ante la falta de ley en España. "¿Será con el salario completo todo el permiso? ¿Con un porcentaje del salario decreciente durante el permiso?", se pregunta el abogado de RocaJunyent. 

"A falta de una ley, aplicar el criterio del mismo salario que el trabajador venía percibiendo me parece muy lógico", afirma el socio de Baker McKenzie. En este sentido, el permiso por nacimiento de hijo ya establece que la cantidad a cobrar en dicho caso es del 100% de la base reguladora del salario que se venía percibiendo y sería coherente con ello que el permiso parental estableciera lo mismo, si bien deberá ser el Gobierno quien lo establezca.

El permiso parental habilita a ausentarse del puesto de trabajo para cuidar a un hijo hasta que la criatura cumpla los ocho años. Puede haber padres que ya hayan solicitado anteriormente disfrutar de esta licencia, pero que su empresa se haya negado a remunerársela ya que entonces la ley no lo contemplaba. O padres que lo hayan disfrutado, pero su empresa no se lo haya pagado.

Parra y Cucarella coinciden en señalar que un empleado que ya haya disfrutado del permiso, pero no lo haya cobrado, estaría habilitado para volver a pedirlo, volver a disfrutarlo y esta vez cobrarlo. Donde recelan claramente es en que los trabajadores puedan reclamar retroactivamente que les paguen semanas de permiso que ya hayan ejercido, pero no cobrado.

"El criterio de la sentencia es novedoso y lógico, pero en ese caso resolver el tema era sencillo porque el Ayuntamiento ya había establecido un modo de retribuir el permiso. En el resto de los asuntos este problema tiene difícil solución sin una regulación", apunta Novoa.

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