Cambios en la ley
Trabajo crea un permiso laboral remunerado de hasta cuatro días en caso de DANA o desastre climático
El Gobierno obligará a las empresas a informar a su personal de si se avecina un fenómeno meteorológico extremo y refuerza la capacidad de los sindicatos para paralizar la actividad en caso de fuerza mayor
¿Puedo dejar de trabajar si me coge una DANA? ¿Y si mi jefe me obliga a trabajar?

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Gabriel Ubieto
Gabriel UbietoRedactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
El Gobierno aprobará este jueves en su Consejo de Ministros extraordinario la creación de un nuevo permiso retribuido que permitirá a los trabajadores ausentarse hasta cuatro días de su empleo en caso de DANA u otro fenómeno meteorológico adverso que les impida desplazarse. Ya sea por la imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de transitar por las vías de circulación necesarias acceder al mismo, ya sea como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, según explican fuentes del Ministerio de Trabajo.
Hasta ahora la normativa laboral contemplaba que ante la imposibilidad de acudir al puesto de trabajo el empleado podía no ir y ello se consideraba una ausencia justificada, pero la empresa no estaba obligada a pagarle esas horas y podía descontárselas de la nómina a final de mes. U obligarle a recuperarlas más adelante. Ahora una DANA se equipara, en este sentido, a un accidente grave de un familiar que necesite la asistencia del trabajador.
En el mismo paquete de ayudas económicas que ya anunció este pasado miércoles el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el departamento dirigido por Yolanda Díaz ha incorporado una batería de medidas de protección laboral. Entre estas esta ese permiso remunerado de hasta cuatro días en caso de fuerza mayor vinculada a un fenómeno meteorológico adverso. Este será prorrogable durante más días y "hasta que desaparezcan las circunstancias", según especifican desde Trabajo. En dicho caso, las empresas podrían justificar un erte por fuerza mayor, que suspende el contrato de trabajo de estas personas, le ahorra las cotizaciones a la compañía y asegura una prestación al empleado.
Ya de manera extraordinaria el Ejecutivo aprobó a principios de noviembre un permiso temporal para las personas que en Valencia no hubieran podido ir a su trabajo por la DANA. Entonces solo las personas de los municipios afectados podían invocar ese derecho y no sentó nada bien entre los patronos. El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, acusó a Díaz de levantar "escudos sociales a costa de empresas arruinadas". Ahora el Gobierno consolida indefinidamente este derecho y lo hace universal para cualquiera que pueda invocar un motivo de fuerza mayor vinculado a la climatología.
Más información para paralizar la actividad
El paquete que aprobará el Consejo de Ministros también contempla una serie de refuerzos de las obligaciones de información de las empresas para con los trabajadores sobre las medidas de prevención. En este sentido, actualmente la normativa de prevención de riesgos laborales ya establece la obligación de las direcciones de "informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas".
Ahora Trabajo quiere ir un paso más allá y especificar en la norma que las empresas, ante una alerta climática, deben informar especificamente a su personal de qué medidas van a tomar y ya han tomado, así como las instrucciones sobre cómo proceder. Ese derecho a más información permitirá a los trabajadores tener más herramientas para valorar si existe el riesgo suficiente para paralizar la actividad.
Dicha competencia, en caso de "riesgo grave e inminente", ya está también contemplada en la actual ley de prevención de riesgos laborales, si bien ahora el Ejecutivo pretende reforzarla y proteger ante potenciales represalias -parar la actividad de una fábrica, por ejemplo, suele costar mucho dinero a la empresa- a los empleados.
Para agrupar y desarrollar estas obligaciones, Trabajo ha establecido la obligatoriedad de que los convenios colectivos incluyan un protocolo de actuación que recojan medidas de prevención de riesgos específicamente referidas a la actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.
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