Prestaciones

Así afecta a la jubilación cobrar una pensión de incapacidad permanente

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La pensión por incapacidad permanente es incompatible con la de jubilación salvo algunos casos

La pensión por incapacidad permanente es incompatible con la de jubilación salvo algunos casos

Pedro Sanjuán

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La pensión de incapacidad permanente se concede a los trabajadores que no pueden continuar con su actividad laboral debido a un accidente o enfermedad y puede ser de grado total, absoluta o de gran invalidez. Estas prestaciones se cobran hasta que el beneficiario llega a la edad ordinaria de jubilación, cuando la pensión cambia automáticamente y se convierte en una pensión de jubilación contributiva.

Así lo regula el artículo 163.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que salvo en algunos casos donde es posible seguir cobrando la incapacidad o incluso tener derecho a cobrar dos pensiones a la vez, no permite cobrar las dos pensiones. Según explica la Seguridad Social, ambas pensiones son incompatibles bajo el mismo régimen y el beneficiario debe elegir entre continuar con la pensión de incapacidad o pasar a la de jubilación. En ningún caso se pierde el derecho a la pensión.

¿Qué pasa en el caso de la incapacidad permanente absoluta?

Aquellos que se beneficien de una pensión de incapacidad permanente verán cómo esta prestación se convierte automáticamente en una pensión contributiva de jubilación. A efectos prácticos, este es un cambio denominativo que no modifica ni la cuantía ni las condiciones de la pensión. De esta forma, los beneficiarios de la misma seguirán cobrando lo mismo y se mantendrán las retenciones fiscales que se aplicaban previamente.

Las pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentas de IRPF, por lo que en caso de pasar a la de jubilación estas exenciones se mantienen.

La normativa añade que si el beneficiario quiere seguir cobrando la pensión por incapacidad puede solicitarlo, pero por defecto la Seguridad Social siempre aplicará la que sea más beneficiosa para el pensionista. En el caso de la incapacidad absoluta no ocurre lo mismo, ya que aunque la base reguladora es el 100%, sí puede afectar en la cuantía, que es el 55% o 75% de la base reguladora y permite compatibilizarla con otro empleo.

Las pensiones de incapacidad derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional se distribuyen en 12 pagas anuales y no en 14 como la pensión de jubilación, con lo que al pasar a la jubilación la Seguridad Social la adapta al formato de 14 pagas (12 mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias).

Casos en los que se pueden cobrar dos pensiones a la vez

Pueden cobrar dos pensiones a la vez los trabajadores que perciban una incapacidad permanente y, por otro lado, hayan cotizado lo necesario para acceder a la pensión de jubilación en un régimen diferente. Esto implica que cada pensión se calcula únicamente con las cotizaciones del régimen que le corresponde, sin que una afecte al importe de la otra.

Si, por el contrario, las cotizaciones de ambos regímenes fueron utilizadas para calcular la pensión de incapacidad permanente, ambas prestaciones serán incompatibles.