IRPF
¿Qué son las 'cartas del miedo' de Hacienda?
Las comunicaciones de Hacienda suelen provocar nerviosismo
Vuelven las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: las multas a las que te enfrentas

Una persona lee una carta. / Archivo / Maite Cruz
Conocidas por muchos como "cartas del miedo", lo cierto es que las notificaciones que los ciudadanos pueden encontrar en sus buzones con Hacienda como remitente suelen provocar nerviosismo entre los destinatarios de las mismas.
En septiembre, la Agencia Tributaria envió notificaciones informativas advirtiendo a algunos contribuyentes sobre la no coincidencia de los datos que han aportado en la declaración de la renta con los que le constan al organismo. Y en el mes de noviembre, las 'cartas del miedo' están relacionadas con el segundo pago de la Renta.
Se trata de cartas meramente informativas que, de entrada, no suponen sanción alguna. Quienes las reciban deberán valorar si realizan una declaración complementaria aceptando los datos diferenciales que le comunica Hacienda o bien se mantienen firmes y ratifican que lo declarado en el IRPF es lo correcto, pese al riesgo que esto supone de entrar en conflicto con Hacienda.
Otros tipos de "cartas del miedo"
Las "cartas del miedo" que envía Hacienda suelen ser de la siguiente índole: cartas informativas, requerimientos, propuestas de liquidación, resoluciones de procedimiento, providencia de apremio, diligencia de embargo, inicio de investigación de inspección y expedientes sancionadores.
Sean del tipo que sea, es conveniente saber que no recoger esas notificaciones puede acarrear de por sí sanciones a los contribuyentes, según el mensaje anunciado por el mismo organismo público. Muchas de esas notificaciones requieren de contestación, para lo que la administración da 10 días hábiles. Ignorarlas podría acarrear recargos de entre un 5% y un 20% sobre el dinero que se deba, en el caso de que las comunicaciones fueran de esa naturaleza.