Aerolíneas
Retrasos y cancelaciones de vuelos por la DANA: sin derecho a reclamación
Este tipo de compensación solo se aplica cuando los problemas en los vuelos se deben a cuestiones internas de la aerolínea
La DANA en Valencia y Catalunya, hoy en directo

Vuelos cancelados en el aeropuerto de Barcelona. / KIKE RINCON
Los pasajeros afectados por los retrasos o cancelaciones de vuelos causados por la DANA no tendrán derecho a recibir una indemnización económica, de acuerdo con la web de gestión de reclamaciones aéreas Reclamio. Este tipo de compensación solo se aplica cuando los problemas en los vuelos se deben a cuestiones internas de la aerolínea.
Actualmente, el sureste y el este de España están experimentando los graves efectos de una DANA histórica, que ha provocado inundaciones significativas, especialmente en la Comunidad Valenciana. Las fuertes lluvias han alterado la operativa de numerosos vuelos, generando cancelaciones y retrasos en varias rutas aéreas dentro del espacio español.
Reclamio señala que los pasajeros afectados por estos retrasos y cancelaciones debido a la DANA no tienen derecho a una compensación económica, aunque sí pueden recibir asistencia de la aerolínea, incluyendo el reembolso del billete o una alternativa de transporte a la mayor brevedad.
El Reglamento (CE) 261/2004, que establece normas para la compensación y asistencia de pasajeros en casos de denegación de embarque, cancelación o grandes retrasos, especifica que las aerolíneas están exentas de compensar cuando el mal tiempo impide el vuelo.
Mal tiempo y cancelación
"Lamentablemente, los pasajeros cuyo vuelo ha sido cancelado o que han tenido que esperar horas en el aeropuerto a causa de la DANA no recibirán compensación económica", aclara Noemí Fernández, gerente de Reclamio.com.
Fernández también subraya que los pasajeros deben confirmar que la razón directa del retraso o cancelación fue el temporal asociado a la DANA, ya que en estos casos las aerolíneas no están obligadas a compensar debido a la categoría de "causa extraordinaria".
La aerolínea está obligada a demostrar que existe una conexión directa entre el mal tiempo y el retraso o cancelación, y que estas incidencias no se habrían evitado incluso con todas las medidas razonables.
Los pasajeros disponen de hasta cinco años para presentar una reclamación por su cuenta ante la aerolínea o para gestionar la incidencia a través de empresas especializadas en reclamaciones.
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