PENSIONES
Estas son las obligaciones que tienen todos los jubilados
No hay que olvidar que recibir una pensión también implica una serie de obligaciones
El aviso de Hacienda si cobras más de 32.000 euros al año
Hacienda te puede multar si no declaras estos movimientos

PI Studio
Si cobras la pensión máxima que asciende a los 44.450,56 euros anuales o 3.175,04 euros mensuales, este año tendrás que pagar un total de 6.929,85 euros. Esta es solo una de las obligaciones que los jubilados y pensionistas reciben esta cantidad de dinero deben conocer, pero hay más:
- Percibir mensualmente la cuantía de la pensión en la modalidad de pago elegida. La persona podrá recibir catorce pagas anuales correspondientes a cada mes del año y dos extraordinarias en junio y noviembre
- Recibir asistencia sanitaria, en la que se incluye el pensionista y sus beneficiarios, así como atención farmacéutica gratuita. Respecto a la atención farmacéutica ambulatoria, el pensionista contribuirá con un porcentaje sobre el precio de venta al público, siempre con unos topes
- En sus desplazamientos, los pensionistas tienen derecho a recibir asistencia sanitaria mediante la presentación del DNI y tarjeta sanitaria en territorio nacional y con la tarjeta sanitaria europea en el Espacio Económico Europeo y Suiza
- Percibir prestaciones familiares, siempre que se reúnan los requisitos exigidos. En ellas están incluidas prestaciones por hijos menores de 18 años a cargo y que estén afectados por una minusvalía igual o superior al 65% (independientemente del nivel de ingresos) o por acoger menores de forma permanente o en estado de preadopción. En este último caso sí dependerá del nivel de ingresos del pensionista
- Disfrutar de los servicios complementarios de la Seguridad Social. Algunos de ellos son los centros orientados a la atención del pensionista, programas de vacaciones dirigidos a este colectivo o servicios de ayuda a domicilio
- Solicitar cualquier información requerida en relación a la condición de pensionista, así como pedir ciertos certificados respecto a esta misma condición, como el documento sobre retenciones en IRPF o por importe de la pensión
¿Y las obligaciones?
Dentro de la condición de pensionista se enmarcan las obligaciones que estas personas deben cumplir. Cualquier variación que afecte a su situación existente cuando se reconoció la pensión, se debe comunicar en un plazo máximo de 30 días al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Estos son los casos:
Para todas las circunstancias:
- Cambios de estado civil, nacimientos o defunciones
- Cambios de domicilio
- Inicio de actividades laborales
- Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, ya sean nacionales o extranjeras
En caso de percibir complementos por mínimos:
- Incrementos del nivel de rentas (propios o del cónyuge) que sean incompatibles con el cobro de estos complementos
- Inicio de actividades laborales del cónyuge
- Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, nacionales o extranjeras, por parte del cónyuge
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