Permiso parental
Quién y cómo se puede pedir el nuevo permiso parental de 8 semanas
De momento, este permiso parental no es remunerado, pero lo será a partir de agosto de 2024

Entran en vigor los nuevos permisos de cuidados y los quince días para parejas de hecho
El Consejo de Ministros ya ha anunciado y publicado en el Boletín Oficial del Estado la implantación del nuevo permiso parental de ocho semanas para los trabajadores con hijos menores de ocho años. Según indica el Real Decreto-ley 5/2023, el permiso no será remunerado todavía, pero España está obligada a readaptar el permiso para que sea remunerado. Esto ocurrirá, como máximo, en agosto de 2024.
Requisitos y procedimiento para el nuevo permiso parental
Debido a que estos permisos de paternidad y maternidad son una novedad, la Seguridad Social todavía no ha especificado los procedimientos para su concesión. Sin embargo, seguirá el camino de la prestación por maternidad. Esta se puede pedir de tres formas:
- Online: en la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante certificado digital, DNI electrónic, Cl@ve o SMS.
- Presencial: es necesario pedir cita previa de forma online o llamando a los teléfonos 915 41 25 30 o 901 10 65 70, tras lo cual citarán al solicitante en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
- Correo ordinario: se puede descargar, imprimir y rellenar el formulario pertinente para enviarlo junto a la documentación necesaria a la dirección provincial de la Seguridad Social.
Además, la normativa obliga a que los trabajadores pidan el permiso con 10 días de antelación, de forma que la empresa pueda organizarse con tiempo.
Quién puede pedir el permiso parental
La ley refleja que este permiso es un "derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio". Este derecho está destinado para "un permiso parental, para el cuidado del hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años".
También se contempla la posibilidad de que en la empresa coincidan dos trabajadores con derecho al mismo permiso, causado por el mismo sujeto. En este caso se puede "aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible".
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