Hasta 70.000 beneficiados

El Gobierno crea un subsidio de 600 euros para los artistas en paro

El Ejecutivo estima que podrán acceder a ella hasta 70.000 trabajadores y la podrán percibir durante un máximo de cuatro meses

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Gabriel Ubieto

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El Gobierno ha aprobado este martes en su Consejo de Ministros la creación de una nuevo subsidio por desempleo para los trabajadores del sector cultural y artistas. Esta tendrá un importe equivalente al IPREM, que este año está en 600 euros, y la podrán cobrar un máximo de cuatro meses si pueden acreditar un tiempo mínimo de cotización. Según estimaciones del Ministerio de Trabajo, unas 70.000 personas podrían llegar a acceder en algún momento a esta paga. Es la primera prestación especial por desempleo creada específicamente para el sector de la cultura, según han destacado desde el Ejecutivo. En ese mismo Consejo de Ministros el Gobierno ha validado el nuevo real decreto para renovar los incentivos a la contratación, que permitirá, entre otros, ahorrar a las empresas 1.536 euros al año por contratar a un parado mayor de 45 años, tal como avanzó EL PERIÓDICO.

"Este es el Gobierno de los trabajadores", ha declarado la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, en rueda de prensa. La norma ha sido diseñada conjuntamente con el Ministerio de Inclusión y el de Cultura. El Ejecutivo ha renovado una norma que databa de los años 80 para ampliar la protección social disponible para los trabajadores del sector cultural. "Ensanchando el concepto de cultura", según ha afirmado la vicepresidenta segunda, en el sentido de que a dicha prestación podrán acceder desde actores, maquilladores o montadores de escenarios. 

Para poder cobrar esta prestación de hasta 600 euros deberán haber contribuido previamente a la caja de la Seguridad Social. Una vía será haber cotizado 60 días en los últimos 18 meses. O un total de 180 días en los seis últimos años. Ese trabajador del sector cultural cobrará 600 euros durante cuatro meses si ha cotizado más de 60 euros durante ese tiempo y cobrará 480 euros (80% Iprem) si ha cotizado menos de esa cuantía.

"Las personas trabajadoras, además, no deberán tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa, pendiente de reanudar, sí podrán optar por recibir la nueva prestación especial", concreta el Ministerio de Trabajo en un comunicado.

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