Mercado laboral

El 30% de las empleadas del hogar en Catalunya trabajan 'en B'

A partir del 1 de enero del 2023 los empleadores que contraten a una empleada del hogar deben ser ellos obligatoriamente quienes le den de alta a la Seguridad Social

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trabajadora-del-hogar-1 / Joan Cortadellas

Gabriel Ubieto

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El 30% de las trabajadoras del hogar que operan en Catalunya lo hacen sin un contrato de trabajo. Una irregularidad que ha repuntado desde el inicio de la pandemia, cuando muchas familias despidieron a sus empleadas y las recontrataron posteriormente 'en B'. En Catalunya operan sin contrato de trabajo unas 24.000 empleadas del hogar, de las 80.000 que se dedican a dicho oficio en tierras catalanas. Ese 30% no tiene ningún derecho o protección asociada a un alta en la Seguridad Social, como la posibilidad de coger una baja si caen enfermas o poder disfrutar de unas vacaciones pagadas. A partir del 1 de enero del 2023 todos los empleadores que tengan o contraten a una empleada del hogar deben obligatoriamente darla de alta ellos a la Seguridad Social. 

Así lo constata un informe publicado recientemente por el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya, que cuantifica que el sueldo medio en dicha profesión era en 2021 de 858 euros brutos al mes, casi un 60% inferior al sueldo medio entre el resto de trabajadores y por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI) de dicho año (965 euros, en 14 pagas). 

"Se trata de un sector con fuerte peso de la economía sumergida y de bajos salarios; aspectos contradictorios si tenemos presente el valor social del trabajo que se desarrolla, la cura de lo más importante para una sociedad, el hogar y sus personas", apuntan desde Treball.

Su peso en el PIB es como el de la industria maderera

El Observatori del Treball i el Model Productiu ha publicado un estudio pionero en relación a la dimensión del trabajo del hogar en Catalunya y las condiciones en las que operan sus profesionales. Este colectivo, que limpia y tiene cuidado de personas dependientes en miles de residencias de Catalunya, representa un 0,7% de la actividad económica catalana, con un peso similar a otros sectores como podría ser la industria maderera o las actividades vinculadas a la investigación y el desarrollo. 

Y su peso en la ocupación es tres veces superior, representando entorno el 2,3% del total de trabajadores de la economía catalana. La mitad de ellas nacidas en el extranjero. “Sobre todo se contratan personas trabajadoras procedentes de América del Sur, encabezadas por las de Honduras”, puntualizan desde Treball. Un peso sustancialmente superior en comparación con otros países europeos, hasta el punto de que en España hay 2,5 veces más trabajadoras del hogar que en la media de los estados de la Unión Europea. 

La Generalitat explica esa mayor proporción debido a que en tierras catalanas hay una mayor proporción de personas mayores de 85 años, que precisan habitualmente de la asistencia de terceros en su día a día. Así como una mayor participación de las mujeres jóvenes en el mercado laboral, que tradicionalmente han desempeñado esas labores de cuidados.  

Repunte de la irregularidad tras la pandemia

La pandemia fue un duro golpe para este colectivo, que todavía no se ha recuperado plenamente a nivel de empleo. El número actual de trabajadoras en alta en la Seguridad Social es el más bajo desde el 2012, lo que sugiere que parte de las trabajadoras del hogar han recuperado su ocupación pero lo han hecho ‘en B’. O se han sumado nuevas empleadas directamente sin contrato. 

Las familias empleadoras estrenan este 2023 obligaciones para con la Seguridad Social. Desde el 1 de enero ellas son las responsables de que su empleada esté dada de alta y cotizando y deben ser ellas las que activamente las registren. Hasta ahora, la normativa establecía la posibilidad de que las trabajadoras que realizaran menos de 60 horas mensuales se hicieran cargo de su afiliación, alta y baja si así lo acordaban con la familia o empresa. A partir de 2023, las obligaciones corresponden a los empleadores.

Más protección ante el despido

Esta reforma aprobada por el Gobierno en septiembre del 2022 también refuerza la protección ante el despido de las trabajadoras del hogar. A partir de ahora las familias deberán justificar siempre el motivo si cesan a su empleada, cuando antes simplemente podían argüir que habían perdido la confianza en la misma y darle un preaviso mínimo

Ahora las familias únicamente podrán invocar un despido procedente en tres casos. Por un lado, si han sufrido una disminución de ingresos o aumento de gastos “sobrevenidos”. Por ejemplo, que uno de los integrantes del hogar pierda el trabajo o tengan que ingresar a otro en una residencia privada. Otra vía es la “modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar”. Por ejemplo, que la persona a la que cuidaba la trabajadora del hogar muera y sus servicios ya no sean necesarios. Y la tercera es una “pérdida de confianza” en la empleada que pueda fundamentarse “de manera razonable y proporcionada”, según el real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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