Complemento anual
La Seguridad Social trae buenas noticias a los pensionistas
Hasta 378 euros más por hijo en la pensión anual de los jubilados que vieron cómo el cuidado de su descendencia perjudicó su vida laboral
El Periódico
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Aprobado en febrero de 2021, aquellas jubiladas y jubilados que cumplan una serie de requisitos pueden optar a cobrar un complemento para reducir la brecha de género en pensiones, el cual sustituye al llamado "complemento de maternidad", contemplado en el artículo 60 y que fue introducido en la Ley General de Seguridad Social por la Ley 48/2015.
Éste fue considerado discriminatorio por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de ahí la introducción del nuevo plus, que corrige los problemas de diseño que presentaba su antecesor y que no atacaba el origen de la brecha de género en las pensiones.
El complemento permite cobrar hasta 378 euros más en su pensión anual por cada hijo a quienes demuestren que durante su vida profesional el hecho de tener que haber cuidado de su descendencia les supuso un perjuicio en el ámbito laboral. Así, la mejora mensual de las pensiones de estos jubilados aumenta 27 euros al mes, hasta un máximo de 4 hijos, y se abona en 14 pagas. Como ejemplo, podemos decir que el plus representa un ingreso anual de hasta 1.512 euros para familias con 4 hijos.
Quién puede pedirlo y dónde
Para optar a esta mejora es necesario estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad y tener un hijo o más inscritos en el Registro Civil. Eso sí, son incompatibles entre sí y se abonarán en el régimen de la Seguridad Social en el que el pensionista tenga más períodos de alta.
El complemento se pide cumplimentando una solicitud en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en el Instituto Social de la Marina si se trata de un trabajador del mar.
Por último, cabe destacar que, aunque el mayor porcentaje de beneficiados por este plus son mujeres, por ser las que en la mayoría de los casos se han dedicado al cuidado de los niños, hay hombres que también pueden reclamarlo. En su caso, y teniendo una pensión contributiva, deberán demostrar haber sido ellos los que interrumpieron o vieron afectadas sus carreras profesionales con la llegada de un hijo. También aquellos hombres que estén cobrando una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad, pueden optar al complemento.
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