Fraude laboral

Suspendido por cuarta vez el macro juicio a Stuart por emplear a 108 'riders' como falsos autónomos en Barcelona

El juez tiene pendiente si valida o no el acta levantada por Inspección de Trabajo, casi tres años después de imponer las sanciones

Repartidor de Stuart

Repartidor de Stuart / Ricard Cugat

Gabriel Ubieto

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El juzgado de lo social número 18 de Barcelona ha suspendido por cuarta vez la vista para decidir si valida o no el acta levantada por Inspección de Trabajo contra Stuart en la que censura a la plataforma digital por emplear como falsos autónomos a 108 'riders' en Barcelona. Este martes se debería haber celebrado en la capital catalana un macro juicio que llevaba pendiente desde julio del 2020 y que se ha ido posponiendo más de un año y medio por las demandas de la empresa. En esta cuarta ocasión la suspensión no ha sido por demanda de la compañía, si no por indisposición del abogado de la Tesorería General de la Seguridad Social, según explican fuentes conocedoras.

El magistrado tiene pendiente dirimir si valida o no el veredicto de la 'policía laboral' -adelantado por EL PERIÓDICO- y confirma la deuda pendiente de Stuart con la Seguridad Social de 237.000 euros, además de un recargo de hasta el 20% en concepto de cuotas atrasadas. Las pesquisas de la Inspección de Trabajo sobre el modelo laboral de Stuart se retrotraen a su operativa entre 2016 y 2018, es decir, previas a la entrada en vigor de la 'ley Rider' (agosto 2021). Un proceso judicial que se está dilatando en el tiempo y que evidencia el actual colapso de los juzgados de los social en España, donde, de media, un caso tarda año y medio en verse. Lo que afecta directamente a las plataformas digitales de reparto y la resolución del debate sobre si con su modelo de autónomos cumplen o no con la legalidad. Mientras tanto, la mayoría siguen operando con el mismo.

Según el criterio aplicado por los inspectores, la empresa de reparto a domicilio incurrió en un fraude a la Seguridad Social al tener como autónomos a su flota de repartidores, ya que debería haberlos contratado como asalariados. Sobre esta cuestión -y la relevancia de la aplicación en la organización del trabajo- ya se ha pronunciado explícitamente el Tribunal Supremo. Este dictaminó que los repartidores de este tipo de 'apps' debían operar como asalariados, ya que realmente es el algoritmo quien define qué pedidos reciben, a quién se los reparten y cuánto cobran por ello.

Judicialmente, el abogado del Col·lectiu Ronda Pau Estevez, encargado de defender a parte de los repartidores, no tiene duda alguna de que el magistrado ratificará el acta de Inspección. Una decisión que, de finalmente producirse, llegaría tres años después de que la 'policía laboral' finalizara sus pesquisas y año y medio después de la fecha inicial del juicio. Mientras el pago de las cotizaciones por parte de la empresa ha permanecido congelado, con el consecuente "agravio para el erario público y para las empresas del sector que sí cumplen la normativa", según opina Estevez.

Largos periplos judiciales

Esa demora entre el momento en el que los 'riders' denuncian y un juez obliga a las empresas a contratarlos como autónomos es una de las críticas que desde las organizaciones de repartidores han esgrimido contra la 'ley Rider'. Porque mientras tanto ellos quedan indefensos, fuera de la aplicación en varios casos y pendientes de un proceso judicial que puede llegar a posponerse hasta tres veces, como ha ocurrido en el presente macro juicio a Stuart.

Una demora que explica la rebeldía de dos gigantes del sector como son Glovo y Uber ante la normativa y su persistencia en utilizar flotas de autónomos. Y es que entre la apertura de las actas de Inspección y la obligación de cumplirlas pueden pasar años. Por ejemplo, en el caso de Glovo, la última acta en Barcelona -dada a conocer hace un mes- comprende su operativa entre 2018 y 2021, es decir, es previa a la entrada en vigor de la 'ley Rider'.

CCOO reclama a Glovo conocer su algoritmo

El sindicato CCOO ha invocado los nuevos derechos reconocidos en la '<strong>ley Rider</strong>' y ha solicitado formalmente a Glovo que les explique cómo organiza el trabajo su algoritmo. Así lo ha hecho público el sindicato en un comunicado, en el que da un plazo de 15 días a la empresa para que les detalle el funcionamiento de sus programas de inteligencia artificial en la división de reparto desde supermercados fantasma.

"El objetivo de la petición va mucho más allá de obtener un simple código informático, sino que la importancia de acceder a esta información rae en que servirá para que la empresa justifique en base a qué criterios se construyó el algoritmo que se usa para tomar las decisiones que afectan a las personas trabajadoras, tal como exige la normativa", justifica el sindicato en su comunicado.