Prestaciones
¿En qué casos es compatible el IMV con un sueldo? Solo en estas situaciones
Un total de 1,2 millones de personas (o 461.000 hogares) reciben la renta mínima estatal tras dos años de ponerse en marcha
El Periódico
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El ingreso mínimo vital (IMV) consiste en una renta mínima de inserción dirigida a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. Para recibirla se piden una serie de requisitos y compromisos. Pero, ¿es esta renta compatible con un trabajo?
Sí, el ingreso mínimo vital es compatible con ingresos laborales y contempla incentivos para que los potenciales beneficiarios no vean más rentable rechazar un empleo por el miedo a dejar de percibir parte de la prestación.
Un total de 1,2 millones de personas (o 461.000 hogares) reciben la renta mínima estatal tras dos años de ponerse en marcha. Y, tras dos años, dos reformas tiene pendientes el Gobierno para acabar de perfilar el IMV y mejorar el acceso y consolidación en el mercado laboral de sus beneficiarios. Por un lado, el sello social para las empresas y entidades que contraten a estas personas. Y, por el otro, los incentivos al empleo para favorecer que dichos beneficiarios no duden en aceptar un empleo y declinen quedarse en paro y cobrando la renta mínima.
Este segundo elemento ha sido señalado por distintos economistas como uno de los elementos clave para evitar la denominada como "trampa de la pobreza", es decir, que los beneficiarios se queden cobrando un subsidio de baja cuantía y no salga de esta nunca. Y el empleo es la pasarela señalada desde el Gobierno para ello. Y con la intención de facilitar el tránsito de una a otra, el ministro de Inclusión, José Luís Escrivá, introducirá incentivos.
Actualmente si una persona está percibiendo el IMV tiene la obligación de firmar una declaración responsable conforme está buscando de manera activa empleo. Una vez lo encuentra, no para de cobrar automáticamente el ingreso mínimo, sino que debe informar a la Seguridad Social y su prestación se ve recortada, en tanto que ya está percibiendo otros ingresos vía sueldo. Ahora Escrivá, para hacer menos atractiva la opción de renunciar a dicho empleo ante el recorte de la renta mínima, habilitará que dicho recorte no sea proporcional al sueldo ingresado, para dotar de más ingresos a los beneficiarios durante un periodo de tiempo.
La Seguridad Social lo deja claro en su página web: la cuantía del Ingreso Mínimo Vital será "la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales". Se permite compatibilizar el cobro del IMV con trabajos a tiempo completo o parcial y también con pensiones, prestaciones por desempleo...
Así, para conocer si se puede mantener el cobro del Ingreso Mínimo Vital a la vez que un trabajo hay que considerar los ingresos mensuales que proporciona ese empleo y restarlos de la renta garantizada que el Ingreso Mínimo Vital contempla para la unidad de convivencia de la persona en cuestión.
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