Los aparcamientos no residenciales privados instalarán por ley puntos de recarga antes de 2023

Las edificaciones propiedades de la Administración General del Estado deberán instalar un punto de recarga por cada 20 plazas cuando disponga de hasta 500 plazas

Un hombre cargando un coche eléctrico

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El Gobierno ha establecido la obligatoriedad de instalar puntos de recarga de baterías de vehículos eléctricos de acceso público antes del 1 de enero de 2023, según la aprobación del Real Decreto-ley 29/2021 para el fomento de la Movilidad Eléctrica. Dentro de los espacios que deberán contar con puntos de recarga, destacan los edificios no residenciales privados. En este caso, aquellos que cuenten con un aparcamiento de más de 20 plazas, deberán contar con una estación de carga por cada 40 plazas, o fracción. Por su parte, en lo que respecta a edificaciones propiedades de la Administración General del Estado, la exigencia será todavía mayor, con la obligatoriedad de instalar un punto de recarga por cada 20 plazas, o fracción, cuando dicho aparcamiento disponga de hasta 500 plazas.

Mientras tanto, la expansión del vehículo eléctrico sigue tomando fuerza en España. De hecho, el interés por los vehículos eléctricos de ‘renting’ se duplicó en 2021, incrementándose un 86,8% la cuota de contratos de 'renting' para vehículos de este tipo, según datos de Idoneo.com. Aun así, España se encuentra a la cola de penetración de vehículos eléctricos. Para Eduardo Clavijo, CEO de Idoneo.com, “el aumento de puntos de recarga ayuda, pero el precio de este tipo de automóviles todavía sigue siendo un lastre para muchos conductores”.

Con esta nueva norma, la idea del Ejecutivo es acelerar las políticas de movilidad sostenible y que en menos de siete meses la red de puntos de carga de vehículos electrificados crezca hasta los 100.000 enchufes, estando presente no solo en gasolineras o estaciones de servicio, sino en todo tipo de localizaciones y algunos edificios público, como afirma Clavijo. La medida, detalla el experto, incluye además una serie de “beneficios fiscales” para las empresas que instalen esta infraestructura: “Se puede llegar hasta el 50% de la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y a la exención de hasta el 90% de los impuestos de obras relativos a la instalación puntos de recarga”, añade.

Dentro de esta categoría entran no solo centros de trabajo, oficinas o fábricas, sino supermercados, centros comerciales, hoteles, restaurantes, hospitales, centros de espectáculos u ocio y centros educativos como colegios y universidades.

El 'renting' se plantea como “la gran alternativa sostenible para afrontar la transición ecológica sin correr riesgos en la adopción de estas nuevas tecnologías”, dadas sus facilidades de acceso y precios más competitivos, en palabras del CEO de Idoneo.com.