De la Generalitat

¿Cómo pedir las ayudas de hasta 15.000 euros para bares y restaurantes?

El Govern de la Generalitat ha publicado las bases para repartir 40 millones de euros en ayudas para la bares, restaurantes y cafeterías. El objetivo de este fondo es tratar de compensar parte de la pérdida de ingresos provocada en el sector por las restricciones impuestas durante la sexta ola de covid. La 'conselleria' de Empresa i Treball ha habilitado un canal en su página web para que las empresas del gremio puedan cursar su solicitud y en los próximas semanas puedan cobrar este pago único. Estas son las claves para pedir en tiempo y forma las ayudas.

Camarero en una restaurante de Barcelona

Camarero en una restaurante de Barcelona / Manu Mitru

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

1 ¿Qué empresas pueden pedirlas?

Todas aquellas empresas dedicadas al sector de la restauración, entendido este como bares, restaurantes o cafeterías, podrán acceder a las ayudas habilitadas desde la Generalitat de Catalunya. Están incluidos todos aquellos negocios que presten servicio en un establecimiento colectivo como pueden ser centros comerciales o mercados municipales. Y podrán pedirla las compañías de cualquier tamaño, desde un autónomo hasta una cadena con centenares de trabajadores. En este último caso, es requisito indispensable que tengan al menos un centro de trabajo operativo en Catalunya. La transferencia está pensada para aquellas firmas afectadas por las restricciones sanitarias decretadas del 24 de diciembre del 2021 al 27 de enero del 2022, coincidiendo con la sexta ola.

2 ¿Cuánto dinero recibirán las empresas?

La Generalitat ha dispuesto un modelo de ayudas que dan más dinero cuanto más grande sea la empresa, entiendo que las firmas de mayor tamaño tienen más gastos y han perdido, proporcionalmente, más dinero que las pequeñas o los autónomos. La transferencia será un pago único, no repetible en el tiempo y así quedan distribuidos los tramos:

  • Autónomos y microempresas (hasta a 9 trabajadores): 1.000 euros
  • Pequeñas empresas (de 10 a 49 trabajadores): 5.000 euros
  • Empresas (de 50 o más trabajadores): 15.000 euros

3 ¿Cuándo se abre el plazo y cuándo se cierra?

La 'conselleria' de Empresa abre el trámite telemático para pedir la ayuda el miércoles 6 de abril, a las 9 horas, y lo cerrará el próximo martes 3 de mayo a las 14 horas.

4 ¿Es imprescindible hacer los trámites 'on line'?

Sí. La 'conselleria' de Empresa únicamente ha habilitado los formularios telemáticos para cursar las solicitudes, como viene siendo habitual desde que comenzó la pandemia. Es por ello que los solicitantes precisarán de firma electrónica para poder completar el proceso. Y este deberá realizarse a través del portal Canal Empresa, en la página web de la Generalitat.

5 ¿Hay riesgo de que se agoten las ayudas?

. Pese a que el método de reparto de las ayudas es el de concurrencia no competitiva, es decir, las empresas no tienen que presentar un proyecto específico para acceder a la ayuda sino que basta con que acrediten su pertenencia al sector de la restauración, sí que cobra quien primero se presenta. Y una vez se agote el presupuesto se deja a los últimos sin ayudas. Desde la 'conselleria' de Empresa insisten en que la ayuda está bien dimensionada y habrá fondos para todo el sector, aunque formalmente existe el riesgo de que las últimas empresas o autónomos que presenten su solicitud puedan quedarse sin recursos. Las bases especifican que las solicitudes se examinarán por orden cronológico de recepción y, por lo tanto, el que primero presente correctamente la documentación, primero cobrará.

6 ¿Cuándo cobrarán las empresas?

Las bases publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) no especifican la fecha de pagos y se limitan a concretar que "el importe de la ayuda se abonará en un único pago a partir del momento en que se resuelva la concesión de la ayuda". El compromiso manifestado por el 'conseller' Roger Torrent cuando presentó este fondo fue que los pagos se efectuarían antes de acabar el mes de junio.

7 ¿Es incompatible con otras ayudas?

No, una empresa que haya sido beneficiaria de líneas de ayudas similares anteriormente o que esté pendiente de transferencias de otras administraciones puede ser un potencial beneficiario de esta convocatoria. Es decir, son compatibles.

8 ¿Qué pasa si una empresa incumple los requisitos?

Las empresas que se presenten a esta convocatoria de ayudas deberán firmar una declaración responsable conforme toda la documentación que le entrega a la Generalitat es verídica. Este es un procedimiento habitual en este tipo de convocatorias y según el mismo las empresas aceptan que la Administración pueda comprobar posteriormente sus datos. En caso de que el demandante no cumpla con los requisitos y la Generalitat lo detecte antes de pagar la ayuda, simplemente esta quedará denegada. No obstante, si la Generalitat paga y luego detecta que la compañía o bien ha mentido o bien se ha equivocado con la documentación presentada, le requerirá que devuelve el importe íntegro recibido.

Suscríbete para seguir leyendo