Fondo de 20 millones de euros

¿Cómo pedir la ayuda de hasta 700 euros de la Generalitat para trabajadores en erte?

La Generalitat ha habilitado un fondo de 20 millones de euros para ayudar a los empleados que siguen afectados por erte y compensarles parte de su pérdida de ingresos. La 'conselleria' de Empresa i Treball ha publicado las bases de la convocatoria para que los potenciales beneficiarios accedan a un pago único. Para ello deberán cursar su solicitud formal en las próximas semanas y durante un tiempo concreto, sino no podrán cobrar la ayuda por más que cumplan con los requisitos. Estas son las claves para poder acceder a la misma.

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Gabriel Ubieto

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1 ¿Quién puede pedirla?

La nueva ayuda de la Generalitat pueden pedirla aquellos trabajadores que entre el 1 y el 31 de enero del 2022 estuvieran afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). Otro requisito es que estén empadronados en un municipio de Catalunya y que en el mes de enero tuvieran reconocida la prestación por desempleo. El empleado puede estar afectado por una suspensión total o parcial, en ambos casos tiene derecho a acceder a la ayuda, y cubrirá tanto a asalariados con contrato temporal, como indefinido, como a fijos discontinuos. Según los cálculos de la Generalitat, unas 26.000 personas se verán beneficiadas por estas transferencias.

2 ¿Qué trámites son necesarios?

El único trámite necesario para poder acceder a la ayuda es el registro previo en la página web del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC). Una vez rellanado el formulario de forma correcta, el solicitante no deberá realizar ningún trámite adicional, a menos que la Administración se dirija explícitamente a él para requerirle algún dato o documentación. No obstante, el registro es condición necesaria y de no cursar la solicitud en tiempo y forma invalida el derecho a pedir posteriormente la ayuda, por más que el beneficiario cumpla con todos los requisitos. La inscripción se podrá hacer únicamente de forma telemática en el siguiente enlace.

3 ¿Cuándo se abren las solicitudes y hasta cuándo?

El formulario de inscripción previa se puede presentar desde las 9.00 horas del día 5 de abril del 2022 y hasta las 14.00 horas del día 14 de abril del 2022. La inscripción se podrá hacer únicamente de forma telemática en el siguiente enlace. Y el potencial beneficiario deberá rellenar los siguientes datos:

  • Número de NIF/NIE, nombre y apellidos.
  • Datos de contacto y dirección del solicitante.
  • Datos de la persona tutora, si fuere necesario, con título acreditativo.
  • Datos de la empresa afectada per la situación covid, con la denominación social completa, el domicilio, y el NIF.
  • Número del cuenta bancaria del solicitante.
  • Datos sobre los períodos en situación de erte o de percepción de la prestación extraordinaria.
  • Declaraciones responsables en relación a que la inforamción es veraz y el solicitante cumple con los requisitos.

4 ¿Hay riesgo de que se acaben las ayudas si tardo en pedirlo?

No. El mecanismo de reparto de las ayudas es el de concurrencia no competitiva, es decir, la Generalitat se compromete a pagar todas aquellas solicitudes recibidas en tiempo y forma que cumplan con los requisitos. Independientemente de si

5 ¿A cuánto asciende la ayuda?

La ayuda consiste en un pago único de 600 o 700 euros, dependiendo del tiempo que el trabajador lleve en erte. Si el empleado lleva menos de 90 días consecutivos afectado por un erte, cobrará 600 euros. Si, por el contrario, supera dicha franja temporal, cobrará 700 euros.

6 ¿Cuándo cobraré el pago?

Las bases de la convocatoria de ayudas publicada por la Generalitat no especifican cuando cobrarán los beneficiarios. No obstante, el 'conseller' de Empresa i Treball, Roger Torrent, se comprometió a efectuar los pagos antes de acabar el mes de abril.

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