Energía

El Congreso aprueba la Ley de Residuos que incluye el 'nuevo' canon hidráulico

El impuesto mantiene la tasa del 25,5% y destinará la mitad de su recaudación a los organismos de cuenca y la otra mitad al sistema eléctrico

El Principado destaca la "calidad" de los grandes proyectos hidráulicos que se proyectan en el Suroccidente

El Principado destaca la "calidad" de los grandes proyectos hidráulicos que se proyectan en el Suroccidente

Sara Ledo

Sara Ledo

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular que incorpora dos directivas europeas sobre residuos y plásticos de un solo uso e, incluye, tras ser introducido a través de una enmienda en el Senado, la reformulación del canon hidráulico, el impuesto que grava con una tasa del 25,5% la producción de electricidad a través de las centrales hidroeléctricas.

El Partido Popular estableció esta tasa (que en un principio era del 22%) en 2015, con carácter retroactivo para los ejercicios 2013 y 2014, por el uso o aprovechamiento de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica con el objetivo de poner fin al déficit de tarifa del sistema eléctrico. Pero el Tribunal Supremo, en el mes de abril del año pasado, dictó la nulidad de esta retroactividad, lo que obligó al Ministerio de Hacienda a disponer con cargo al fondo de contingencia de 1.900 millones de euros para devolver a las compañías eléctricas.

Las grandes empresas, Iberdrola, Endesa y Naturgy son las principales titulares de las concesiones públicas de estas centrales, que ascienden a un total de 1.300 plantas, si bien unas 1.000 son minicentrales con menos de 10 megavatios (MW) y no todas son concesiones públicas. Así, el gravamen solo aplica a aquellas concesiones de cuencas hidrográficas de competencia estatal, según el texto aprobado este jueves.

En la disposición adicional vigésimo primera se modifica el artículo 112 bis de la Ley de Aguas para, según se justificaba en la enmienda propuesta por el PSOE, establecer una "mejor definición" de determinados elementos, entre ellos, la base imponible, y "clarificar ciertos conceptos". Entre ellos, la base imponible del gravamen que será el "valor económico de la energía hidroeléctrica producida" de forma anual "de acuerdo con la potencia instalada (la suma de las potencias de los grupos de la central hidroeléctrica)" y entendiendo por valor económico "la retribución total" obtenida por la "energía producida que incorpore al sistema eléctrico durante cada año natural de funcionamiento de la instalación".

Además, se modifica el destino de la recaudación que se dividirá a partes iguales entre el Organismo de cuenca para "financiar actividades de control, mejora de la calidad, procedimientos y protección del Dominio Público Hidráulico que se definirán reglamentariamente" y la "financiación de los costes del sistema eléctrico previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, referidos a fomento de energías renovables". En su redacción original, se dedicaba el 2% de la recaudación al Organismo de cuenca, y el 98% restante al Tesoro Público como "organismo recaudador".

Según apunta el texto, la reforma presentada permitirá “un control veraz” por parte de la Administración de las autoliquidaciones presentadas por los titulares de los aprovechamientos hidroeléctricos, al recibir la información precisa para ello del operador de sistema eléctrico (REE), del operador del mercado eléctrico y del órgano encargado de las liquidaciones del régimen retributivo específico o adicional que corresponda según la normativa del sector eléctrico, lo que representará “una importante mejora y, en definitiva, una mayor posibilidad de financiar las actividades de control, mejora de la calidad, procedimientos y protección del dominio público hidráulico”, indica el grupo socialista en el Senado.

Por otra parte, se mantienen cláusulas, como que estarán exentos del pago de este canon los aprovechamientos hidroeléctricos explotados directamente por la Administración General del Estado o sus organismos públicos competentes en la gestión del dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias. Además, el canon se reducirá en un 9% para las instalaciones hidroeléctricas de potencia igual o inferior a 50 megavatios, y un 90% para las instalaciones de bombeo mixto con potencia superior a 50 megavatios.