Nuevo marco legal

¿Cuánto suben las pensiones en 2022 con la nueva reforma?

La nueva ley recupera el IPC como referencia para revalorizar las rentas y arranca el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Jubilados - prejubilados tema pensiones

Jubilados - prejubilados tema pensiones / MANU MITRU

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La primera etapa de la reforma de pensiones acordada entre el Gobierno y los agentes sociales entra en vigor este sábado, 1 de enero, tras superar en las últimas semanas el trámite parlamentario correspondiente. La norma recupera el IPC como referencia para revalorizar las prestaciones, impulsa la demora de la jubilación y supone el fin del llamado factor de sostenibilidad, que nunca ha llegado a entrar en vigor. Con esta ley se modifica el texto refundido de la ley General de la Seguridad Social y se recogen las principales recomendaciones del Pacto de Toledo en otoño de 2020, que también se integran en el componente 30 del Plan de Recuperación. Como consecuencia de la modificación del marco legal las pensiones contributivas subirán un 2,5% este año en función de la fórmula contemplada en la reforma de pensiones y en la que se tiene en cuenta el IPC para evitar pérdidas de poder adquisitivo. En concreto, este incremento del 2,5% es el resultado de la media del IPC entre diciembre de 2020 y noviembre de 2021. Las pensiones de clases pasivas también subirán este año un 2,5%.

No obstante, la subida será del 3% para los beneficiarios de pensiones mínimas, pensiones no contributivas e Ingreso Mínimo Vital (la renta garantizada para la unidad familiar compuesta por un adulto se situará en 5.899,6 euros). Por su parte, el sueldo de los funcionarios aumentará un 2% y el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), referencia para la concesión de becas, ayudas, subsidio por desempleo y subvenciones, se incrementará un 2,5%, hasta los 579,02 euros mensuales (6.948,30 euros al año en 12 pagas).

Con la subida del 2,5% contemplada para este año, las pensiones mínimas contributivas aumentarán aproximadamente entre 10 y 59 euros al mes, dependiendo de la clase de pensión y de las circunstancias personales. En concreto, el importe de la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo quedará en 890,5 euros al mes en 14 pagas (frente a los 851 euros al mes actuales); la de sin cónyuge (unidad económica unipersonal) en 721,7 euros (689,7 euros actualmente), y la de con cónyuge no a cargo en 685 euros mensuales (frente a los 654,6 euros actuales).

Pensiones

Para los jubilados con menos de 65 años, la pensión mínima con cónyuge a cargo se fija para 2022 en 834,9 euros al mes (797,9 euros actualmente); sin cónyuge en 675,2 euros mensuales (645,3 euros ahora), y con cónyuge no a cargo en 638,2 euros mensuales (609,9 euros actualmente). Por su parte, la pensión máxima de jubilación se situará desde hoy en 2.819,19 euros mensuales por catorce pagas, frente a los 2.750,42 euros al mes de este año.

Las pensiones mínimas de viudedad subirán entre 24 y 37 euros mensuales, dependiendo de las circunstancias. En concreto, la pensión mínima de viudedad para los titulares con cargas familiares se situará en 834,9 euros mensuales, en contraste con los actuales 797,9 euros al mes. En el caso de ser mayor de 65 años o de tener una discapacidad mayor o igual al 65% la pensión mínima de viudedad será de 721,7 euros mensuales, lo que supone 32 euros más que ahora.

Si el titular de la pensión de viudedad tiene entre 60 y 64 años, la cuantía con el nuevo año será de 675,2 euros mensuales (645,3 euros actualmente), mientras que en el caso de los beneficiarios menores de 60 años la prestación será de 546,8 euros mensuales (522,5 euros este año).

Por su parte, la pensión mínima contributiva de gran invalidez subirá desde este sábado hasta los 1.335,8 euros mensuales (1.276,5 euros actualmente) si se tiene cónyuge a cargo, y ascenderá hasta los 1.082,6 euros si no se tiene cargo al cónyuge (unidad económica unipersonal), en contraste con los 1.034,6 euros al mes actuales.

La pensión mínima por incapacidad absoluta o total de los titulares con 65 años con cónyuge a cargo será el próximo año de 890,5 euros al mes, en contraste con los 851 euros actuales, mientras que la de quienes no tienen cónyuge a cargo (unidad económica unipersonal) será de 721,7 euros mensuales (689,7 euros actualmente).

En el caso de las pensiones de orfandad, el importe mínimo ascenderá desde este sábado a 220,7 euros mensuales por beneficiario (ahora son 210,8 euros), mientras que si el beneficiario tiene menos de 18 años y cuenta con una discapacidad superior o igual al 65% la cuantía será de 434 euros mensuales, 19,3 euros más que en 2021. La pensión mínima en favor de familiares se situará con el nuevo año en 220,7 euros mensuales, frente a los 210,8 euros actuales. Además, en la segunda mitad de este mes los pensionistas y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) recibirán una paga compensatoria dado que sus pensiones se revalorizaron un 0,9% en 2021, por debajo del IPC.

El MEI

En la tramitación parlamentaria de la reforma se introdujo el redactado del llamado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), recogido en el acuerdo firmado con los agentes sociales y concretado este otoño con los sindicatos (las organizaciones empresariales no apoyaron su redacción final). El MEI tiene dos componentes. El primero consiste en la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social mediante una aportación finalista entre 2023 y 2032. La aportación será de 0,6 puntos porcentuales de la cotización por contingencias comunes (0,5 puntos la empresa y 0,1 puntos el trabajador) a fin de actuar como "válvula de seguridad" del sistema a partir de 2033. En el caso de que no se diera una desviación de la senda de gasto previsto, no se aplicará ninguna medida y se planteará la utilización de los recursos del fondo de reserva para reducir las cotizaciones sociales o mejorar la cuantía de las pensiones.

En el caso de que a partir de 2033 se apreciara en los Informes de Envejecimiento de la Comisión Europea una desviación de la previsión de gasto en pensiones a 2050 respecto al informe de 2024 (que se usará como referencia), se utilizará este Fondo, con un límite de disposición anual del 0,2% del Producto Interior Bruto (PIB). Si la disposición de activos del Fondo de Reserva no fuera suficiente, el Gobierno negociará con los interlocutores sociales para su elevación al Pacto de Toledo, de acuerdo con sus recomendaciones, una propuesta que, de forma equilibrada, se dirija bien a reducir el porcentaje de gasto en pensiones en términos de PIB, bien a incrementar el tipo de cotización u otras fórmulas alternativas para aumentar los ingresos

Respecto al fortalecimiento de la estructura de ingresos del sistema, la norma establece que la Ley de Presupuestos Generales del Estado contemplará anualmente una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para la financiación de diversos conceptos que permitan culminar la separación de fuentes en cumplimiento de la recomendación 1ª del Pacto de Toledo de 2020. Dicha transferencia ya se incluía en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 y se amplía en los de 2022. Además, en cumplimiento de la recomendación 8ª del Pacto de Toledo, la Ley se refiere a la creación de la Agencia Estatal de la Seguridad Social, con el compromiso de presentar un proyecto de ley en un plazo de seis meses, entre otros puntos.

Por su parte, la llamada 'cláusula de salvaguarda' se mantiene en su regulación actual con carácter indefinido, mientras que quedan prohibidas las cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la reforma. En los convenios suscritos con anterioridad, estas cláusulas podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada para el convenio. Además, si se establecen estas cláusulas en los convenios, las empresas tendrán que contratar como mínimo a tiempo completo y de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso.