Fiscalidad

Invertir en start-ups desgravará hasta un 50%

El texto definitivo de la Ley de Start-ups extiende también el régimen de los ‘nómadas digitales’ a emprendedores y autónomos

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño. / EP

Paula Clemente

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La Ley de Start-ups está a punto de dar uno de sus pasos definitivos. La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, avanzó ayer que el Consejo de Ministros dará hoy luz verde a la norma. Ahora bien, el texto llega a su puesta de largo ligeramente cambiado. De acuerdo con fuentes de su ministerio, el departamento ha limado algunos de los aspectos de la ley después de someterla a consulta pública: se mejoran, sobre todo, determinados incentivos fiscales y se amplía el abanico de perfiles que podrán acceder a ellos.

A falta de publicarse los detalles del texto, las mismas fuentes avanzan que la norma mantendrá que una start-up lo es hasta los cinco años de vida (siete solo en determinados sectores), si no cotiza en bolsa y si factura menos de cinco millones de euros al año. Y también que este tipo de empresas pagarán un impuesto de sociedades reducido del 15%. Sin embargo, la versión definitiva contempla además que un emprendedor pueda encadenar la creación de tres nuevos negocios y seguir amparado por la ley. En el borrador se hablaba solo de una empresa por emprendedor.

Asimismo establece deducciones del 50% para las inversiones de hasta 100.000 euros a este tipo de empresas, que también valdrán para las aportaciones de sus fundadores. Hoy por hoy, una inyección de capital de este estilo desgrava como mucho un 30% y la primera versión de esta norma iba a subir este porcentaje solo 10 puntos.

En terreno fiscal hay otros cambios. Por ejemplo, que finalmente están exentos de tributación los paquetes de acciones de hasta 50.000 euros que se pongan a disposición del trabajador como parte de su sueldo (lo que se conoce como stock options). Además, la tributación se aplicará cuando el trabajador se deshaga de estas acciones, una decisión que responde a una de las críticas manifestadas desde el sector: en muchas ocasiones las start-ups fracasan sin que el trabajador haya podido sacar partido de estas acciones pero habiendo tributado ya por ellas. Por último, se ayudará económicamente a los empresarios que tengan que darse de alta de autónomos pero conservar su trabajo habitual mientras emprenden.

Atracción de emprendedores

En paralelo también se extiende a "trabajadores autónomos, profesionales cualificados y emprendedores digitales", las ventajas fiscales que se idearon para atraer a teletrabajadores sin residencia fija para que operen desde España. Los llamados nómadas digitales. Estas condiciones son, a grandes rasgos, disponer de un visado especial, poder acogerse al impuesto sobre la renta de no residentes y pagar un tipo reducido del 15%, así como tener acceso a él aunque se haya tenido residencia fiscal en España cinco años atrás (ahora tienen que haber pasado diez años) y poder acogerse a esta ventaja fiscal durante diez años (habitualmente son cinco).

Por otro lado, se simplifican las gestiones para constituir una empresa virtualizando todos los trámites, eliminando los aranceles notariales y concentrando las gestiones entre la empresa pública ENISA y la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE).

“El texto pasó por audiencia pública y tuvo muy buena acogida, pero el sector nos pidió corregir aspectos ambiguos y ser más ambiciosos”, apuntan las mismas fuentes. Ahora, a pocas horas de que el Consejo de Ministros apruebe su tramitación, desde el Ministerio celebran el esfuerzo realizado, especialmente en este último tramo. “El hecho de que exista una ley de start-ups ya es un hito”, aseguran, argumentando a su vez que este tipo de empresas necesitan características regulatorias específicas, sobre todo porque el marco jurídico general no les representa.