Ayuda a los más vulnerables
Las eléctricas pueden reflejar en la factura el coste que paga cada usuario para financiar el 'bono social'
La CNMC responde así a una consulta de la Generalitat de Catalunya sobre cómo repercutir el coste de financiación de esta ayuda
El regulador añade que al tratarse de un coste estimado y no real, las compañías deben tener cuidado para no inflar los precios

Imagen de archivo de una mujer consultando la factura de la luz /
Las comercializadoras eléctricas pueden reflejar en las facturas de sus clientes cada mes el concepto ‘bono social’, correspondiente al importe estimado que consideran que cada usuario financia de esta ayuda dirigida a los más vulnerables, aunque deben tener cuidado con no inflar esta cantidad. Así lo ha confirmado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en un informe tras una solicitud de la Generalitat de Catalunya sobre la forma de repercutir el coste de financiación del bono social por parte de las comercializadoras de luz.
El bono social eléctrico es un descuento directo de entre el 25% y el 40% de la factura de la luz (este invierno será de entre el 60% y el 70%, dentro de las medidas del Gobierno para rebajar la factura) para aquellos usuarios considerados vulnerables que están acogidos a la tarifa regulada (PVPC). En la actualidad, hay alrededor de 1,19 millones de consumidores acogidos a esta subvención, de los cerca de 29 millones de usuarios en total que hay en España.
Y aunque para poder disponer del ‘bono social’, los usuarios deben estar acogidos a la tarifa regulada (PVPC), solo disponible a través de cinco comercializadoras, su financiación se lleva a cabo por todas las cerca de 300 comercializadoras que hay en España (en el caso de los grandes grupos lo asumen las matrices, mientras que si son independientes se encarga la propia sociedad) de forma proporcional al número de clientes que tiene cada una de ellas.
Las comercializadoras, a su vez, repercuten este coste entre todos sus clientes. “Las comercializadoras suelen fijar los precios de suministro que quieren ofrecer a sus clientes a partir de una estimación de los costes que tienen que afrontar en el periodo para el que se contrata la oferta y, sobre ella, incorporan el margen que consideran oportuno”, explica la CNMC. Por ello, la CNMC considera que su incorporación en los precios "es acorde al principio de libre mercado que caracteriza la actividad de suministro de electricidad".
Y añade que las compañías pueden hacer constar en la factura de la luz qué porcentaje del total que paga el consumidor cada mes corresponde a esta ayuda, igual que ocurre con otros conceptos, como los peajes, los cargos o el alquiler del contador. Si bien, la CNMC precisa que en todos estos casos se trata de un coste “regulado” (estipulado por el Gobierno o por la CNMC), mientras la financiación del 'bono social' no lo es, pues la financiación que soporta cada comercializador por el concepto de bono social al año se calcula en función del número de clientes con los que contaba el año anterior, por lo que su traslación al consumidor en un determinado año no refleja el coste real sino “una estimación que podría no estar bien ajustada o incluso estar sobrevalorada”.
“Esta situación podría permitir al comercializador, - amparándose en la repercusión de un coste regulado- trasladar unos importes que no reflejen el coste asociado a la financiación del bono social, modificando así las condiciones del contrato”, añade la CNMC. Y, por ello, advierte que las compañías deberán “explicar de forma trasparente al consumidor el método de repercusión que ha utilizado el comercializador” de forma que entienda el cálculo llevado a cabo. No obstante, el regulador añade que la propia autoridad de competencia y regulación realiza una “supervisión específica a las comercializadoras que repercuten de manera explícita el coste de la financiación del bono social”.
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