Consejo de Ministros

El Gobierno volverá a prorrogar la moratoria de los desahucios del alquiler

La ministra de Transportes confirma que el Ejecutivo ampliará la medida que vencía el próximo 31 de octubre

La ministra de Justicia, Pilar Llop; la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, y la titular de Transportes, Raquel Sánchez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La ministra de Justicia, Pilar Llop; la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, y la titular de Transportes, Raquel Sánchez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / EFE / J.J Guillén

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La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez, ha anunciado este martes que el Consejo de Ministros aprobará en su reunión de la semana que viene una nueva prórroga tanto de la prohibición de los desahucios de familias vulnerables que viven de alquiler, como de la posibilidad de que este tipo de hogares obtengan un aplazamiento o condonación en el pago y una extensión del plazo de vencimiento del arrendamiento, medidas del 'escudo social' que vencían el próximo 31 de octubre. Los desahucios hipotecarios a colectivos vulnerables, por su parte, están vetados hasta 2024.

Las iniciativas fueron aprobadas en marzo del año pasado tras el estallido de la pandemia y se han prorrogado y ampliado en varias ocasiones, la última el pasado 3 de agosto. Su nueva prorroga coincidirá previsiblemente con la aprobación del proyecto de la Ley de Vivienda, del que ya se conocen algunos puntos como la definición de grandes propietarios a los dueños de 10 o más viviendas, la reserva del 30% de las promociones para Viviendas de Protección Oficial (VPO), un recargo de hasta el 150% en el IBI para viviendas vacías o la limitación de los precios del alquiler en las zonas tensionadas.

El ministerio precisó en mayo que la moratoria de los desahucios de hogares vulnerables en alquiler podrá incluir a aquellas familias que no tengan contrato cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad. En esos casos, el juez podrá decidir suspender el desahucio cuando los propietarios sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas y tras solicitar informe a los servicios sociales para valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas para dar respuesta a la misma.

Meses antes de ello, el Gobierno ya había regulado que esa medida no se podrá aplicar cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario o este la haya cedido a una persona física o jurídica para el mismo fin, cuando la entrada en el inmueble se haya producido con intimidación o violencia, cuando existan indicios de que la vivienda se esté utilizando para actividades ilícitas, cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubieran asignado, o cuando la entrada se produzca con posterioridad a la entrada en vigor de la norma. El Gobierno, paralelamente, ha ido extendiendo el plazo para que los arrendadores afectados por la suspensión de los desahucios puedan solicitar una compensación.

Por su parte, la prórroga de tres meses de la posibilidad de solicitar el aplazamiento o condonación parcial del pago del alquiler se podrá instar cuando el arrendador sea un gran propietario o entidad pública, por lo que no afecta a pequeños propietarios de viviendas. La ampliación del vencimiento del contrato, a su vez, beneficia a los hogares vulnerables que la soliciten siempre que el propietario no necesite la vivienda para sí mismo y sea persona física. Ambas medidas solo pueden ser solicitadas una vez durante todo el periodo en el que estén vigente, es decir, que si ya haya sido beneficiario de cualquiera de las dos no las puede volver a pedir.