ayudas públicas

Bruselas aprueba el fondo español de 1.000 millones por la pandemia

La Comisión Europea considera que la medida es “necesaria, adecuada y proporcionada” para apoyar la recapitalización de empresas afectadas por el covid-19

Solo podrán acogerse a las ayudas las empresas que no estaban en dificultades a fecha de 31 de diciembre de 2019

La vicepresidenta y comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, durante una rueda de prensa en Bruselas.

La vicepresidenta y comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, durante una rueda de prensa en Bruselas. / OLIVIER HOSLET

Silvia Martinez

Silvia Martinez

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El plan español de crear un fondo de 1.000 millones para recapitalizar empresas afectadas por la pandemia, a través de instrumentos de deuda y capital, ya tiene luz verde de la Comisión Europea. “Permitirá que España preste apoyo a las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus, facilitando su acceso a la financiación en estos difíciles tiempos”, ha destacado la vicepresidenta ejecutiva y responsable de competencia, Margrethe Vestager.

La medida, en forma de instrumentos de capital e híbridos, estará disponible para todas las empresas establecidas en España, de cualquier sector salvo el financiero, cuyos ingresos netos totales oscilen entre 15 millones y 400 millones de euros en base consolidada, y que atraviesen dificultades de capital debido a la pandemia de coronavirus. Las empresas que ya hayan recibido ayuda a través del Fondo de Solvencia para Empresas Estratégicas aprobado por la Comisión en julio del año pasado no podrán acogerse a este nuevo régimen. 

Según la Comisión Europea, la medida es “necesaria, adecuada y proporcionada” para poner remedio a una grave perturbación en la economía española aunque solo podrán acogerse a las ayudas del régimen las empresas que no se consideraba que estuvieran en dificultades financieras a 31 de diciembre de 2019.

Marco temporal de ayudas

Los servicios de la competencia comunitarios consideran que las condiciones establecidas se ajustan al marco temporal de ayudas públicas que permite a los Estados miembros aprovechar plenamente la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales con el fin de respaldar la economía en el contexto de la pandemia de coronavirus. Según las mismas, los Estados miembros pueden conceder subvenciones directas, inyecciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos de hasta 225.000 euros a una empresa active en el sector agrícola primario,  de hasta 270 000 euros a una empresa activa en el sector de la pesca y la acuicultura y de hasta 1,8 millones de euros a una empresa activa en todos los demás sectores para satisfacer sus necesidades urgentes de liquidez. 

Los Estados miembros también pueden conceder, hasta un valor nominal máximo de 1,8 millones por empresa préstamos a tipo cero o garantías sobre préstamos que cubran el 100 % del riesgo, excepto en el sector agrícola primario y en el de la pesca y la acuicultura, donde se aplican los límites de 225 000 y 270 000 euros por empresa, respectivamente. El régimen también permite la concesión de garantías estatales para préstamos a empresas, bonificaciones a los préstamos públicos, salvaguardias para los bancos que canalizan ayudas estatales a la economía real, ayudas a la investigación y desarrollo relacionada con el coronavirus, apoyo a la construcción y mejora de infraestructuras de ensayo, a la producción de productos de interés contra el covid19, apoyo en forma de subsidios salariales, aplazamiento del pago de impuestos o suspensión de las cotizaciones a la seguridad social así como medidas de recapitalizacion entre otras.