Plataformas digitales

Vox presenta formalmente en el Constitucional su recurso contra la 'ley Rider'

El partido de ultraderecha impugna la normativa por considerar que el Gobierno abusó de la figura del real decreto ley y evadió el debate parlamentario

Las claves de la nueva ley ‘Rider’ aprobada por el Gobierno

Las claves de la nueva ley ‘Rider’ aprobada por el Gobierno

Gabriel Ubieto

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Vox ha registrado formalmente este jueves su recurso en el Tribunal Constitucional contra la ley del trabajo en plataformas, popularmente conocida como 'ley Rider'. Ya lo avanzó en el debate en el Congreso, el pasado 10 de junio, cuando se produjo la votación en la que la cámara se pronunció a favor del texto y procedió a su aprobación. La formación de ultraderecha considera que el Gobierno vulneró la libertad parlamentaria de los grupos con representación en el Congreso al vehicular esta nueva norma como un real decreto ley, sin que hubiera, según su parecer, una emergencia que lo justificara.

Vox pretende abrir un frente mediante el que desgastar al Gobierno a través de la 'ley Rider'. Y para ello ha llevado la norma al Constitucional, intentando así capitalizar el descontento que existe entre parte de los repartidores que hasta ahora operaban como trabajadores autónomos y que querían seguir siéndolo, tal como reclamaban las plataformas del sector.

El diputado de Vox Juan José Aizcorbe ha justificado el recurso alegando que esta ley no había pasado por el diálogo social. La 'ley Rider' fue discutida durante más de seis meses entre el Ministerio de Trabajo, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT. Desde Vox también alegan que las principales del sector no estaban representadas en dicha mesa, pese a que empresas como Deliveroo siguen formando parte de Adigital, que forma parte a su vez de la CEOE, y que Glovo formaba parte de la CEOE hasta la negociación de la norma. Luego del acuerdo se salió, ya que difería del acuerdo que finalmente firmó CEOE.

Aizcorbé ha defendido este jueves a las puertas del Constitucional que los 'riders' deben tener la "libertad" de "poder elegir, combinar o compartir con otros trabajos; que es lo que posiblemente no existirá [cuando entre en vigor la ley, a patir del 12 de agosto]", según ha afirmado. El Estatuto de los Trabajadores no establece la incompatibilidad entre dos trabajos como asalariado y si una empresa pretende imponer a su contratado la prohibición de trabajar para otra compañía debe compensarle ese veto en consecuencia. No es la praxis que están imponiendo actualmente las empresas del sector.