Lucha contra el fraude

El Congreso aprueba la ley que limita a 1.000 euros los pagos en efectivo

La norma entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado

El texto legal revierte la subida del impuesto de matriculación hasta enero de 2022

La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este 24 de junio de 2021, en la Moncloa.

La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este 24 de junio de 2021, en la Moncloa. / EUROPA PRESS / MARTA JARA

Rosa María Sánchez

Rosa María Sánchez

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El Congreso de los Diputados aprobó este miércoles de forma definitiva el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que, entre otras medidas, reduce de 2.500 a 1.000 euros los pagos en efectivo; además, para disgusto de los comerciantes, la nueva ley extiende la limitación a los pagos de particulares a empresas (compras) o profesionales. Hasta ahora la limitación de los pagos en efectivo (de 2.500 euros) solo afectaba a la relación entre empresarios. A partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la nueva ley, el límite de 1.000 euros también afectará a los particulares.

Otras novedades incorporadas en la nueva ley de lucha contra el fraude son las siguientes:

Impuesto de matriculación

Durante la tramitación parlamentaria del proyecto de ley se ha incorporado una enmienda que revierte la subida del impuesto de matriculación, que entró en vigor en enero de 2021, vinculada a la nueva norma de emisiones WLTP y mantiene congelado el tributo hasta enero de 2022. Es decir desde la entrada en vigor de la ley hasta final de año se mantendrá el impuesto en los mismos términos que en 2020.

Pactos sucesorios

Se suprimen las ventajas fiscales que algunas comunidades autónomas, como Catalunya, conceden a los pactos sucesorios o herencias en vida si los bienes obtenidos por esta vía se transmiten antes de cinco años, según una de los últimas enmiendas introducidas en el proyecto.

Lista de morosos y paraísos

La nueva ley baja de un millón a 600.000 euros de deuda con Hacienda el umbral para aparecer en la lista de morosos. Además, amplía el concepto de paraíso fiscal para permitir la inclusión de jurisdicciones no cooperantes. También se prohíben las amnistías tributarias que en el pasado sirvieron para regularizar patrimonios no declarados en condiciones más ventajosas que si hubieran tributado de manera habitual y normal.

Sicav y Socimi

En lo que se refiere a las Sicav (sociedades de inversión de capital variable), se refuerza su control mediante un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tendrán que ser 100 a partir. El objetivo es evitar el recurso a los 'mariachis', u 'hombres de paja' que se incluyen como partícipes de estos vehículos para que los más ricos se aprovechen de los beneficios fiscales a que van asociados. También se establece un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido de las sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) del 15 %.

Criptomonedas

Se refuerza el control sobre las criptomonedas, de forma que los contribuyentes españoles tendrán que informar de los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, así como de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos. Será obligatorio informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior sobre la posesión de criptodivisas en el extranjero.

Inspecciones

Se establece que la Agencia Tributaria deberá obtener el consentimiento del obligado tributario o una autorización judicial para efectuar entradas en domicilio durante sus inspecciones. La solicitud de la autorización judicial para la entrada en un domicilio deberá estar justificada e incluir su finalidad, necesidad y proporcionalidad.

Software de doble uso

La ley introduce por primera vez la prohibición del denominado software de doble uso. En concreto, la norma impide la producción, la tenencia o el uso de sistemas y aplicaciones informáticas de gestión contable que consiguen manipular y falsear la contabilidad de las empresas, con el objetivo de ocultar a ojos de la Administración Tributaria una parte de su facturación y así rebajar la factura fiscal. La norma exige que los sistemas electrónicos utilizados en la contabilidad o la gestión empresarial se ajusten a unos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de las operaciones.

Valor inmobiliario

El Catastro fijará un valor de referencia de cada inmueble a partir de todos los datos disponibles -importe de compraventa, estado de conservación, antigüedad, etc.- que será la base imponible de los impuestos de sucesiones y transmisiones patrimoniales.