Segundo aniversario del marco legal
La ley hipotecaria erradica las prácticas bancarias abusivas
Los notarios ganan protagonismo al evaluar que los clientes entienden la letra pequeña de los préstamos
Eduardo López Alonso
Periodista.
Trabajo en El Periódico de Catalunya desde 1992, la mayor parte de ese tiempo en la sección de Economía. Ahora, en la sección Panorama que agrupa a Economía, Política e Internacional. Antes estuve en el diario ABC (Economía), Televisión Española (Economía), Grupo Recoletos (gratuitos locales) y en el ámbito de las televisiones locales (realizador). Licenciado en periodismo, diplomado en publicidad, máster de Información de Económica por la UAB y el Col·legi de Periodistas de Catalunya, cursé el doctorado de Económicas en la Universitat de Barcelona, pendiente de tesis doctoral ('Gestión de medios de comunicación en tiempos de crisis'). Autor del libro 'Las prejubilaciones del menosprecio'.
Las cláusulas suelo en las hipotecas o los préstamos multidivisas indiscriminados no son posibles ya en España. Este 16 de junio se cumple el segundo aniversario de la entrada en vigor efectiva de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Esta ley ha marcado un antes y un después en la contratación hipotecaria, reforzando la protección al consumidor ante las cláusulas abusivas de la banca.
La ley fijó una primera e irrenunciable reunión con el notario, sin presencia de la entidad financiera, en la que este fedatario público explica el contenido del contrato de los bancos, que está en manos del cliente y del notario un mínimo de 15 días en Catalunya antes de la firma definitiva (10 días en el resto de España).
Echarse para atrás
Tras la entrada en vigor de la ley, el balance es positivo. Se calcula que un 8% de los que firmaron el precontrato no llegaron a la firma final. Y en otros casos, en un porcentaje similar, los clientes propusieron cambios antes de firmar. Para el decano del Col·legi de Notaris de Catalunya, José Alberto Marín, el balance de dos años de aplicación es «muy, muy positivo», aunque en su opinión sería interesante que el plazo de 15 días se redujese a 10 como en el resto de España: «El plazo de 15 días en Catalunya, que tiene su origen en la ley de consumo catalana, es demasiado largo. Las operaciones van más rápido y con 10 días sería suficiente», explica.
El notario ya leía antes de la ley las condiciones del préstamo, aunque la presencia de los responsables de las entidades financieras en la firma y el contexto hacían del acto un mero trámite sin opción real de enmienda. El Supremo, ante el aluvión de sentencias contra cláusulas abusivas consideró que los procesos de información no eran suficiente. «La culpa no era del notario», explica Marín, «pero el Supremo consideró que era necesario dar al consumidor un periodo de reflexión y poder negociar alguna modificación», añade.
Para el decano, tras dos años de ley «se percibe la satisfacción de los prestatarios al valorar la información por parte del notario. Nunca dura esa reunión menos de 35 o 40 minutos, se explica con detalle el contrato, se hace el test y los ciudadanos aprovechan para hacer preguntas colaterales, como temas de herencia o testamento o otro tipo de dudas».
Preguntado sobre la posibilidad de incluir cláusulas abusivas en los préstamos actuales, Marín es concluyente. En su opinión, el control que ejerce el Banco de España, Consumo o los notarios «dificulta muchísimo cualquier intento de colarle algo al cliente». Reconoce, no obstante que ahora lo que está «muy extendido» es aplicar préstamos con bonificaciones y los prestatarios deben estar especialmente atentos y ser conscientes de las consecuencias económicas y legales de lo que firman. Se trata de la suscripción de determinados productos como seguros de vida, del hogar, utilización de tarjetas de crédito, inversión en planes de pensiones o de inversión... «Ahí es dónde tiene que tener cuidado el ciudadano y comprobar que características tiene cada uno de los productos que va a suscribir, ya que eso condicionará el tipo de interés final», explica Marín.
Premio a la fidelidad
La ley hipotecaria ha contribuido a restringir el crédito. «Se nota que el segmento de población al que dirigen los préstamos es diferente de hace unos años. Los bancos se centran en personas con una estabilidad económica superior y adaptan las condiciones a cada cliente. Los préstamos actualmente parecen un premio a la fidelidad, son más para los buenos clientes sin riesgo que una oportunidad para alguien que lo necesita». La propia experiencia de los bancos del pasado les ha hecho optar ahora por prestatarios solventes y sin riesgo.
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