Economía de plataformas
Las tres incógnitas de la inminente 'Ley Rider'
Gabriel Ubieto
Redactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, pero antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
La negociación telemática que mantienen actualmente el Ministerio de Trabajo, la CEOE, CCOO y UGT para definir la nueva 'Ley Rider' vive, como el diablo, en los detalles. La nueva norma que ultima el equipo de la ministra Yolanda Díaz no tiene más de dos folios de extensión y cada palabra es una encrucijada. De momento no está claro el apoyo ni de sindicatos ni de patronal. Los primeros son los más favorables, pues sus posiciones solo pueden ir a más. La patronal sí es especialmente reticente, debido a sus divisiones internas.
Durante cuatro meses las conversaciones han ido adquiriendo distintos tintes. El debate inicial contemplaba regular a todo trabajador de una plataforma digital y finalmente ha quedado acotado a los repartidores de aplicaciones como Glovo o Deliveroo. El texto remitido en enero a Bruselas con las reformas a acometer especificaba claramente que la nueva ley sería sobre riders y, finalmente, legislará mayormente sobre riders.
Consumidor final
Uno de los puntos en discusión en los redactados que intercambian las partes es definir a quien atañe la norma. El elemento que parece más claro es la «presunción de laboralidad». Es decir, todo repartidor que ejerza de intermediario mediante una aplicación entre dos partes será considerado, por defecto, un asalariado. Y si la empresa considera que su modelo laboral reúne las condiciones necesarias para poder justificar que no lo es, debe argumentarlo ante los tribunales. Es decir, la Ley Rider invierte la carga de prueba.
No obstante, lo que no está claro todavía es la definición de esas dos partes entre las que intermedia el rider. Uno de los redactados que han circulado entre las partes habla de intermediación entre una empresa y el «consumidor final». Lo que implica una interpretación restrictiva y que podría suponer un ‘agujero’ en el caso de que el mensajero transporte un producto entre dos empresas, para su posterior comercialización al «consumidor final». Es por ello que desde los sindicatos están presionando para cambiar ese elemento por «a terceros»·, lo que habilita más interpretaciones y habilita que los mensajeros también queden cubiertos en caso de realizar una subcontratación entre empresas.
Derecho a la información
Otro de las novedades que incorpora la norma es la obligación para las empresas de informar a sus trabajadores de las implicaciones que tenga cualquier algoritmo que usen en su día a día. Ello implica la reforma del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, para reforzar el derecho a la información de los asalariados.
No obstante, el detalle todavía no está definido y existen dos posibilidades. Por un lado, que ese acceso a las implicaciones laborales del algoritmo se tenga que pulir y concretar por la vía de la negociación colectiva. O bien que quedan blindado en la propia norma y no requiera de negociación explícita entre las partes.
Tres meses de margen
Todavía no está claro el plazo, pero sí que la nueva normativa dará un margen a las plataformas digitales para regularizar a sus repartidores y pasar de un modelo de autónomos a otro de asalariados. Una transición que, de momento, no está claro cuanto durará. Hay borradores que mencionan un margen de tres meses, aunque ese tiempo puede cambiar.
Lo que sí parece más claro es que las empresas deberán abonar las cotizaciones a la Seguridad Social que no han pagado todo este tiempo por sus repartidores. Quedará por ver si las empresas deberá pagar el recargo del 20% que les impone la Seguridad Social en los casos en los que hasta ahora ha intervenido la Inspección de Trabajo.
No obstante, el cambio de modelo laboral implica un cambio de paradigma para las empresas. De pasar a tener a muchos repartidores y trabajando un número de horas muy diferente (unos muchas, otros pocas), a otro en el que les saldría más rentable un menor número de 'riders', con jornadas más parejas. Lo que podría implicar que parte de los actuales mensajeros no sean regularizados por las plataformas, que se queden solo con una parte de sus actuales flotas.
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