Amplía las pesquisas

El juez investiga si el Popular financió a clientes para su ampliación en 2016

Da 30 días al Santander para que le aporte toda la documentación relativa a la financiación a suscriptores no empleados

Inicia una investigación específica porque el Popular engañó así con ratios de capital mejores de los reales

El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, en una imagen de archivo.

El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, en una imagen de archivo.

Ángeles Vázquez

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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha dado 30 días al Banco Santander para que le remita la documentación que le pueda ayudar a investigar si el Banco Popular otorgó financiación a clientes de la entidad para la ampliación de capital en el año 2016 y si “de forma deliberada no la restó del capital regulatorio”. El magistrado ahonda ahora en este punto en la que ya investigaba esa ampliación por 2.505 millones de euros. Su entonces presidente y ahora principal imputado de la causa, Ángel Ron, calificaba de "inmejorable" la solvencia económica y patrimonial de la entidad, pero solo un año después se decretó su resolución .

Ell magistrado acuerda que un informe pericial para acreditar si “la entidad ofreció al mercado unos ratios de capital regulatorio mejores de los reales vulnerando conscientemente el principio de transparencia que preside el funcionamiento del mismo” mediante la financiación a clientes para conseguir liquidez para la ampliación de capital. Para ello pide al Santander tres ficheros sobre suscriptores de la ampliación de capital no empleados, financiación a suscriptores no empleados entre el 25 de mayo y el 20 de junio de 2016 y sobre los incrementos de financiación con no empleados en el mismo periodo.

La resolución del juzgado, que recuerda la operativa de la ampliación de capital investigada, subraya que en la causa existe “un documento de enorme trascendencia”, el informe de octubre de 2017 hecho a requerimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Dirección General de Mercados) por Heraclio Peña sobre diversos aspectos del hecho relevante de 3 de abril. De él "se deduce que tanto el consejero delegado del Popular, como los directores generales de Banca Minorista y de Negocio de Clientes lideraron dicha financiación, alentando a la red comercial, a través de los directores territoriales y regionales, para que ofertaran financiación a determinada clientela del Popular a fin de participar en la referida ampliación de capital”.

Lo consintieron

El juez sostiene que con carácter indiciario “cabe afirmar que los máximos directivos de departamentos estratégicos del banco -Intervención General, Auditoría Interna y Riesgos- conocieron y consintieron dicha financiación. Incluso el director de Cumplimiento Normativo de Popular, puso en conocimiento de la oficina del consejero delegado que la red comercial estaba financiando la adquisición de acciones de la ampliación de capital sin que conste que este adoptara ninguna medida concreta”.

Ello pese a que el manual de políticas de riesgo de la entidad prohibía expresamente “la financiación para la compra de acciones y preferentes del grupo”, por lo que todas las direcciones, tanto regionales como territoriales, “conocían esa prohibición expresa y categórica" y aún así "se eludió haciendo constar como destino de los créditos otros distritos a la financiación de acciones”. Que la Auditoria interna del banco orillara el examen de operaciones concretas "causa estupefacción", destaca el juez.

Añade que el reglamento de la Unión Europea del Parlamento Europeo y del Consejo impide que los instrumentos de capital y su adquisición sean financiados directa o indirectamente por la entidad. El Banco Popular no restó la financiación de determinados clientes del capital regulatorio, por lo que "ofreció unos ratios de capital regulatorio mejores de los reales, vulnerando conscientemente el principio de transparencia que preside el funcionamiento del mismo”, concluye el magistrado.