Consumo financiero
Arriaga denuncia al Estado ante Bruselas por la doctrina del Supremo sobre pactos novatorios de cláusulas suelo
El despacho de abogados considera que el alto tribunal elude la aplicación del derecho comunitario
Max Jiménez Botías
Periodista
El despacho de abogados Arriaga Asociados ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea contra el Estado español por incumplimiento de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tras las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo en materia de pactos novatorios de cláusula suelo con renuncia de acciones legales. El Supremo ha dictado varias sentencias en las que acepta que el cliente renuncie a denunciar al banco cuando se ha alcanzado un acuerdo previo con la entidad para no llevar a cabo acciones legales.
Para Arriaga, el Tribunal Supremo (TS) de España vulnera la normativa de protección a los consumidores, así como la jurisprudencia emanada de las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en sus sentencias 580 y 581/2020 de 6 de noviembre. En ellas se declara la validez del documento en el que se contiene una reducción de la cláusula suelo, considerando que la nueva cláusula no es abusiva. Además de la sentencia 675/2020 de fecha 15 de diciembre de 2020, en la que se declara la validez de la cláusula de renuncia de acciones inserta en un contrato de novación de la cláusula suelo, imposibilitando a los consumidores reclamar la 'abusividad' de la cláusula que limita el tipo de interés.
Derecho comunitario
"El alto tribunal español no aplica adecuadamente el derecho comunitario en materia de defensa de los consumidores y usuarios, vulnerando el principio de primacía del derecho de la Unión Europea al no respetar la finalidad de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores ni la interpretación que de la misma ha realizado el TJUE que en varias ocasiones ha manifestado la máxima protección al consumidor", destaca el despacho en su denuncia.
Arriaga destaca que el Tribunal Supremo no realiza un examen extenso del control de transparencia y 'abusividad' sobre las cláusulas del contrato de novación, según lo que exige la Directiva 93/13 y el propio TJUE. No tiene en cuenta que a los consumidores no se les entregó documentación previa a la firma del contrato, ni siquiera una copia del mismo, no recibieron información sobre la evolución pasada del índice, no se les informó sobre los efectos económicos y jurídicos del contrato de novación. Ni mucho menos que no podrían reclamar en un futuro cuantías que ya se le debían en dicho momento, ni cuáles serían, ni que estaban aceptando renunciar a reclamarlas en un futuro. De lo contrario, jamás hubieran aceptado.
- García-Castellón y Gadea dejarán sus plazas en la Audiencia Nacional y Pedraz sopesa hacerse con el juzgado del Tsunami, por Ernesto Ekaizer
- El invierno vuelve por Sant Jordi: los meteorólogos alertan del fenómeno que nos espera la próxima semana en Catalunya
- Barcelona, “decepcionada” y “preocupada” por que la Generalitat anuncie una desalinizadora flotante en el puerto sin avisarle
- Airbnb aconseja a los propietarios que no anuncien las piscinas en sus alojamientos turísticos
- El presidente del PP de Esplugues coló durante años facturas personales como gastos del partido para pagarlas con dinero público
- Vuelve Moisés a Pasapalabra: el concursante desvela los problemas que sufrió en el pasado y por los que tuvo que abandonar el programa
- DANA a la vista: estas serán las zonas más afectadas
- La tiña se expande en Catalunya entre los adolescentes que se rasuran asiduamente la nuca en las barberías 'low cost