Fiscalidad

Así debes declarar tus ingresos en España si eres influencer

La profesión tiene sus obligaciones fiscales

Incluso los regalos o el pago en especie están sujetos a tributación

Laura Escanes.

Laura Escanes.

Ana García Moreno

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Dulceida, María Pombo, Laura Escanes… Son algunas de las instagramers más conocidas de nuestro país. Entre las  tres reúnen más de 6,1 millones de seguidores en esta red social. Otros nombre Aunque para formar parte de esta emergente profesión no hay por qué tener tantos adeptos. Los microinfluencers (entre 1.000 y 10.000 seguidores) son ya uno de los perfiles más buscados entre las marcas para llevar a cabo campañas publicitarias. Pero hay algo que todos tienen en común: tienen que tributar sus ingresos.

Y este es, precisamente, uno de los motivos por el que se ha criticado la decisión de El Rubius de trasladar su domicilio a Andorra. Porque aunque el argumento del youtuber y streamer es el de estar cerca de sus amigos, la menor presión fiscal del país vecino ha atraído durante décadas a españoles deportistas, actores, cantantes y famosos de todo tipo.

Cada vez más personas se introducen en este mundo, aunque la mayoría desconoce cómo comenzar. “La gente no está preparada. Es algo que está en auge, un mercado muy nuevo”, explica Helena García, consejera delegada de la agencia de influencer marketing en moda, belleza y estilo de vida Madaish.

¿Qué debes saber?

Para empezar en esta profesión, el primer paso es “tener muy claro qué te va a hacer diferente y por qué la gente te va a seguir. Además, deberás ser consciente de que esto es un negocio y que tú serás la cara visible”, cuenta García. Precisamente por eso, es fundamental conocer cómo debes declarar tus ingresos. Y es que al tratarse de una profesión emergente que avanza incluso más rápido que la legislación actual, Hacienda no pasa por alto estos perfiles.

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Ya sea como imagen de marca que presta servicios de marketing o como creador de contenidos en plataformas de vídeo, lo común es seguir los pasos de cualquier trabajador autónomo: darse de alta en Hacienda, en el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) para poder emitir facturas, y también en el Régimen de Autónomos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por otra parte, si se tratara de una actividad esporádica y se puede demostrar, se puede realizar legalmente sin necesidad de darse de alta como autónomo, aunque sí es necesario el registro en el censo de actividades económicas de Hacienda.

Además, se deben declarar los rendimientos obtenidos en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), además del IVA y presentar sus declaraciones trimestrales y el resumen anual. Asimismo, será necesario emitir facturas con IVA al tipo general del 21%, e incluir la correspondiente retención al IRPF.

Si por el contrario, “no cumples cualquiera de estas obligaciones tributarias, podrías encontrarte con recargos, sanciones o intereses de demora” explican Ignacio Gridilla y Rodrigo Calvo, del área Fiscal del despacho de abogados BDO.

Durante mucho tiempo se puso de moda la opción de facturar a través de cooperativas online de facturación. En ellas, el freelance podía hacerse socio a cambio de una cuota de entrada y la cooperativa se encargaba de darle de alta en la Seguridad Social y emitir la factura. Sin embargo, tal y como explican desde la Unión de Autónomos UATAE, “finalmente la Inspección de Trabajo determinó que esta forma de trabajar no era legal y que los socios de esas cooperativas debían ser autónomos”.

Ahora, estos tienen que pagar todas las cuotas de la Seguridad Social que deberían haber abonado como autónomos. Por lo que es una opción que desde organizaciones como UATAE desaconsejan por completo.

Lo más complicado de valorar: el pago en especie

Una vez superada la cuestión de cómo declarar el dinero, queda la de cómo solventar los pagos en especie, es decir, los regalos otorgados a cambio de un servicio como influencer. En este sentido, Gridilla y Calvo recuerdan que “si la compensación percibida es únicamente en forma de regalos, su entrega se considera renta en especie y estaría sujeta a tributación, valorándose según el valor de mercado del producto”.

Así, para calcular la cantidad que se debe pagar a la Agencia Tributaria y saber el tramo de IRPF que aplica en cada caso, hay que tener en cuenta todas las contraprestaciones que se perciben, incluidas las que llegan en forma de bolso, coche, móvil o viaje al Caribe, que se deben contabilizar junto con las rentas del trabajo.  

Eso sí, si esos artículos son para testar o resultan imprescindibles para la colaboración y, una vez usados se devuelven a la compañía, “no constituirían una renta sujeta a tributación”, matizan desde BDO.

Otra de las recomendaciones es firmar un contrato con la marca, algo que no es obligatorio por ley, pero que desde agencias como Madaish aconsejan, además de acudir a profesionales que les puedan orientar sobre estos pasos. Y es que las dudas son muchas, sobre todo en lo relativo a “cuáles son los límites que hace falta facturar o no”, concluye García. Precisamente, para no recibir una multa por desconocimiento y dar una imagen profesionalizada es fundamental asesorarse bien.