Sentencia
Un juez otorga una pensión de invalidez para una joven que sufre fuertes migrañas
La Seguridad Social denegó a la trabajadora la prestación ahora reconocida por la justicia
La mujer sufrió convulsiones durante el embarazo y una hemorragia intracraneal
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Un juzgado de lo social de Barcelona ha corregido de nuevo una decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y ha concedido la incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajos a una joven madre de 26 años por las diarias e intensas migrañas que padece, junto con vómitos y mareos, tras haber sufrido una hemorragia intracraneal por una eclampsia (aparición de convulsiones durante el embarazo). El juez condena al INSS, que denegó esta prestación, a que abone a la muchacha una pensión vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora de 1.186 euros, catorce veces al año y con efectos desde noviembre del 2019.
La sentencia del titular del Juzgado de lo Social número 2 de Barcelona, Jordi Sánchez Papaceit, ha estimado la demanda presentada en nombre de la joven por el centro médico jurídico Tribunal Médico al considerar que las migrañas que padece la mujer son frecuentes y le impiden no solo trabajar como dependienta en una ortopedia, sino en cualquier otra profesión. El magistrado recuerda que la legislación establece que “se entenderá por incapacidad permanente absoluta para todo trabajo la situación de quien presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que le inhabiliten por completo para toda profesión y oficio”.
Derivada a la clínica del dolor
El togado sostiene que las patologías que padece la joven comportan la incapacidad permanente absoluta dada “la existencia de migrañas" que, dado que son repetidas, "impiden el desarrollo de cualquier profesión”. Recalca que el informe del médico de familia indica que las secuelas la limitan en “las actividades de la vida diaria”, precisando ayuda de terceros para hacerse cargo de su hija. El mismo dictamen concreta que la joven ha sido derivada a la clínica del dolor, lo que evidencia la cronicidad de la dolencia y que no mejora con los tratamientos, a pesar de que han transcurrido más de dos años desde la aparición de la hemorragia. La migraña, apunta el juez, ha podido hacerse crónica por la ansiedad y el estrés laboral de la paciente causados por su rápida incorporación al trabajo en el periodo de convalecencia de la lesión cerebral.
El juez apunta que la dolencia ha podido hacerse crónica debido al estrés provocado por la rápida incorporación laboral de la mujer
La sentencia reconoce que “es cierto”, como planteó el INSS, que en algunos documentos los facultativos se basan en las manifestaciones de la paciente, pero “la existencia de cefaleas, su duración y los efectos no se pueden corroborar con pruebas objetivas”. No obstante, precisa que la existencia de “un incidente sí objetivado” (como es un hematoma cerebral derivado de la eclampsia) que provoca esta clase de secuelas, la aplicación de tratamientos con la derivación a la clínica del dolor y la aparición de un trastorno psíquico secundario “permite atribuir veracidad a las manifestaciones de la paciente”.
Alejandro Rusiñol, responsable del centro Tribunal Médico, asegura: “Nos encontramos con una situación en la que la Seguridad Social tiene menos personal en activo y, en cambio, hay más procesos de bajas y peticiones de pensiones, a lo que debe sumarse que actualmente la Subdirección General de Evaluaciones Médicas-ICAM "en la inmensa mayoría no está citando al enfermo, basando sus informes en la documentación médica que tiene volcado los pacientes en el sistema 'La meva Salud'". Todo ello provoca que “en muchas ocasiones no se aprecien todas las limitaciones orgánicas y funcionales” del paciente y genera “una inseguridad jurídica” que aboca al afectado a reclamar por vía judicial.
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